Estatuto de Radiodifusión

Un día como hoy
El Colombiano, Dic 23


Sucedió hace 50 años
1966

Estatuto de Radiodifusión

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El Gobierno Nacional, presidido por Carlos Lleras Restrepo, sancionó la ley mediante la cual se reglamenta la transmisión de programas por los servicios de radiodifusión y se establecen las sanciones que deben imponerse por violaciones a las mismas disposiciones.  La ley establece que los servicios estarán básicamente orientados a difundir la cultura y a afirmar los valores esenciales de la nacionalidad colombiana.

En los programas deberá hacerse buen uso del idioma castellano y atenerse a los dictados universales del decoro y el buen gusto.  No podrán hacerse transmisiones que atenten contra la Constitución y Leyes de la República o la vida, honra y bienes de los ciudadanos.

 

Fuente: Archivo Centro de Información Periodística CIP

Por
María Teresa Valenzuela A.
mariatval@hotmail.com
©El Colombiano
Colaboración Sergio López


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