En medio del creciente malestar expresado en las recientes movilizaciones convocadas por sectores afines al Gobierno tras el hundimiento de la consulta popular impulsada por el presidente Gustavo Petro, la Sección Quinta del Consejo de Estado admitió para estudio una demanda que busca anular la decisión del Senado que negó el aval a dicha convocatoria.
La acción judicial fue interpuesta por un ciudadano que solicita no solo la nulidad del procedimiento mediante el cual se emitió el concepto desfavorable, sino también la suspensión provisional de sus efectos mientras se resuelve de fondo el litigio.
Según el demandante, en la sesión del Senado del pasado 14 de mayo, cuando fue archivada la solicitud del mandatario para convocar a una consulta popular de orden nacional, se habrían presentado varias irregularidades. Una de las más graves, a su juicio, fue la premura con la que se surtió la votación: el lapso entre el llamado a los senadores para votar y el cierre del proceso no habría superado los tres minutos, lo que vulneraría el debido proceso legislativo.
Además, señala una presunta alteración del sentido del voto del senador Édgar Díaz Contreras. Según la demanda, el secretario general del Senado modificó su voto de afirmativo a negativo una vez ya se había cerrado el registro oficial de votación, lo que podría haber influido en el resultado final que selló el archivo de la propuesta presidencial.
La consulta popular que buscaba el Gobierno pretendía respaldar reformas sociales que no han avanzado en el Congreso, y su hundimiento se convirtió en una nueva fuente de tensión política. En respuesta, el presidente Petro ha insistido en que el pueblo debe tener la última palabra, lo que ha motivado nuevas marchas y llamados a movilización.
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El Consejo de Estado ahora deberá determinar si existieron vicios de procedimiento suficientes para suspender o anular la actuación del Senado.
Frente a este tema, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció recientemente que el presidente Gustavo Petro convocaría la consulta popular por decreto si antes del 1 de junio el Senado no se pronuncia sobre los presuntos errores de procedimiento cometidos durante la sesión en la que se hundió la propuesta.
Según Benedetti, la ley indica que, previo a la votación, era necesario leer una proposición con la solicitud del Gobierno. Citando la Ley Quinta –que regula el proceder del Congreso–, insistió en que dicha proposición no se leyó, lo que implica que el Senado supuestamente no se pronunció.
“La Ley Quinta, en el artículo 125, dice que todo lo que vaya a ser votado tiene que leerse y debe haber una proposición para saber qué se votó. No se leyó la proposición. Luego el Senado no se pronunció. ¿Qué fue lo que se votó? No sabemos. Lo he consultado con varios expertos y tengo la razón en decir hoy que el Senado no se ha pronunciado y si no lo hace de acá al 1 de junio, el presidente va a convocar la consulta popular”.