La primera determinación que tomó el fiscal Gabriel Ramón Jaimes Durán, menos de 24 horas después de recibir el expediente del expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue rechazar la solicitud de la defensa para que le fuera otorgada la libertad.
Es de recordar que el exmandatario lleva un mes preso en su domicilio, mientras responde por la presunta responsabilidad en los delitos de fraude procesal y soborno en la actuación penal.
El fiscal Jaimes, coordinador de los fiscales delegados ante la Corte, tomó la decisión “porque este tipo de peticiones solamente deben ser conocidas y decididas en audiencias preliminares por un juez de control de garantías, conforme a lo establecido por la Ley 906 de 2004 que diseñó el Sistema Penal Acusatorio en Colombia”, señaló la Fiscalía en un comunicado.
La abogada penalista Diana Muñoz explicó que el proceso contra Uribe se llevaba en la Corte Suprema de Justicia bajo el procedimiento de la Ley 600 de 2000, que es el que se aplica para los aforados; en él la Fiscalía (para este caso la Sala Especial de Instrucción) investiga y toma decisiones con respecto a los derechos fundamentales.
Al pasar el proceso a la competencia de la Fiscalía, y por los hechos haber sido cometidos presuntamente en 2017 y 2018, el caso debe ser llevado bajo la Ley 906 de 2004, así lo insinuó la Corte en su providencia y lo entendió la Fiscalía, de acuerdo con el comunicado.
“En esta ley la privación de la libertad, y en general cualquier restricción de derechos fundamentales se hace únicamente con el beneplácito de un juez de control de garantías. El fiscal no tiene ninguna injerencia”, dijo Muñoz.
Ahora, lo que corresponde, según Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, es que la defensa pida una audiencia a un juez de control de garantías para que decida sobre la libertad del procesado.
“Los fines de la medida de aseguramiento son constitucionales, son indistintos en cualquiera de las dos leyes, con lo cual para que un juez determine la libertad tendrían que haber desaparecido los motivos en los cuales se justificó la detención, y aquí no han desaparecido”, concluyó Muñoz.