La Jurisdicción Especial de Paz (JEP) respondió al recurso de apelación que había interpuesto Darío Acevedo, exdirector del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH). El tribunal ratificó que el exfuncionario sí incurrió en desacato al modificar una exposición de memoria que había sido cobijada con medidas cautelares.
“En tal sentido, destaca la sección de manera inicial que ratificará en su integridad la decisión recurrida, pues además de haberse determinado ajustada a la legalidad, los argumentos esbozados por el peticionario carecen de la suficiencia requerida para acceder a su aspiración”, determinó la JEP.
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El pasado 12 de agosto el tribunal de paz determinó que Acevedo había incurrido en desacato al desconocer las medidas cautelares proferidas, por ese mismo tribunal, en el Auto AT 058 de 2020 que buscaba la no modificación de la exposición Voces para Transformar a Colombia y garantizar así, los derecho a la verdad, la memoria colectiva y la reparación simbólica de las víctimas.
Aunque el tribunal de paz determinó que Acevedo incurrió en desacato –y luego la ratificó– no ordenó ninguna sanción contra el exfuncionario. En el fallo se lee que el caso quedará archivado y dejó el proceso en manos de la Procuraduría, Contraloría y la Fiscalía.
“Se compulsan copias ala Procuraduría General de la Nación, a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía General para que investiguen al señor Rubén Darío Acevedo en calidad de director del CNMH desde el momento en que le fue notificado el contenido de la medida cautelar”, dicta la JEP.