El último capitulo de la novela de la extradición de Seuxis Paucias Hernández o Jesús Santrich, fue escrito por la Justicia Especial para la Paz, JEP, que decidió darle la garantía que continúe en el país y ordenar su libertad inmediata.
Uno de los principales hombres de la extinta guerrilla de las Farc, capturado el 9 de abril de 2018, es pedido en extradición por el gobierno de Estados Unidos por, al parecer, estar directamente relacionado con el envío de 10 toneladas de cocaína a ese país con la ayuda de carteles mexicanos. Sin embargo, desde ese entonces, se inició toda una novela con su situación que, aunque aparentemente llegó a su fin, le da inicio a la controversia por la decisión de la JEP (ver cronología).
En palabras del magistrado de la JEP, Jesús Ángel Bobadilla, la Sección de Revisión del alto tribunal “no pudo evaluar la conducta para determinar la fecha precisa de su realización, dado que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos no remitió las evidencias solicitadas y a que en las interceptaciones telefónicas de otro caso enviadas a la JEP por la Fiscalía no se reveló la conducta atribuida a Hernández Solarte en la solicitud de extradición”.
Según el Acuerdo de paz, tanto Santrich, como todos los excombatientes de las Farc que dejaron las armas tienen derecho a la garantía de no extradición, por lo que no pueden ser juzgados en otro país por delitos cometidos antes del primero de diciembre de 2016.
Una de esas evidencias a las que se refiere la JEP fue un video, presentado por la Fiscalía tres días después de la captura de Santrich, en la que se ve al exjefe guerrillero supuestamente negociando con un narco mexicano para al parecer negociar el envío de cocaína a Estados Unidos.
Desde el tribunal de justicia transicional se argumentó ayer que se desconocía la fecha de la grabación de dicho material, además, se afirmó que se trataba de “videos inaudibles que circularon por redes sociales y que la Sección le pidió a la Fiscalía General de la Nación y a las autoridades de Estados Unidos no fueron entregados a la Jurisdicción y no obran en el expediente”.
EL COLOMBIANO consultó con un experto en informática sobre el tema, quien explicó que hay varias formas de saber la fecha y hora de la elaboración de un video.
“Uno de esos métodos, es conocido como el descifrado Hash. Se trata de un procedimiento estándar de recolección de pruebas. En ese orden de ideas, cualquiera que tuviera ese video en su poder debió usar ese sistema. Pero si no se puede saber la fecha y hora es porque, técnicamente hablando, no tendría cadena de custodia. Si no la tiene, no se podrá verificar”, dijo el experto.
Para el fiscal Néstor Humberto Martínez, las pruebas presentadas por Estados Unidos y la Fiscalía colombiana “son concluyentes, inequívocas. Los hechos ocurrieron después del primero de diciembre de 2016”.
Aún así, la JEP expresó que hubo irregularidades en el recaudo de las pruebas contra Santrich y por eso decidió compulsar copias disciplinarias ante la Sala Disciplinaria del Consejo Superior o Seccional de la Judicatura y la Oficina de Control Interno de la Fiscalía General de la Nación contra los funcionarios del ente acusador que habrían estado involucrados en la investigación que se lideró contra el exguerrillero. Es decir, Santrich libre y los investigadores procesados.