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Corte votó a favor del matrimonio entre parejas del mismo sexo

  • Foto Archivo Reuters
    Foto Archivo Reuters
07 de abril de 2016
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La Corte Constitucional en Sala Plena tumbó, con seis votos contra tres, la ponencia del magistrado Jorge Pretelt que negaba la posibilidad para que la comunidad Lgtbi celebraran matrimonios igualitarios en el país.

La Sala Plena estudió cuatro tutelas que buscaban que se definiera si las uniones del mismo sexo se hacían por un contrato civil de matrimonio, que implica obtener los mismos derechos que los de una pareja heterosexual, o bien si seguían formalizándose mediante un contrato innominado que tiene el aval de la Procuraduría, pero que no tiene todas las garantías jurídicas.

El caso estaba en manos del polémico magistrado Jorge Ignacio Pretelt, quien proyectó una ponencia contraria a los intereses de la comunidad Lgbti pero que fue derrotada por la mayoría liberal de la Corte actual, con una votación 6-3.

La Corte determinó que se vulneran derechos por parte de los notarios cuando se niegan a unir en matrimonio a las parejas del mismo sexo y por eso concedió las tutelas, en una decisión que es histórica porque en últimas da el sí al matrimonio igualitario en el país.

Con esto, la sentencia final quedó en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos, quien dio su aval al matrimonio igualitario al estimar que a pesar de que en el Código Civil se entiende matrimonio como el celebrado entre un hombre y una mujer, a todo ser humano le asiste el derecho a contraer matrimonio sin discriminación.

En su pronunciamiento ante la Sala Plena, el magistrado Rojas había indicado que la ponencia de Pretelt era una oportunidad perdida para remediar la una situación de discriminación secular contra una minoría sexual en Colombia, en términos de dignidad humana, libertad e igualdad para contraer matrimonio en las mismas condiciones que usualmente lo celebran las parejas heterosexuales”.

Se pudo establecer que en contra de la ponencia (que negaba la igualdad del matrimonio homosexual) votaron los magistrados Luis Ernesto Vargas, María Victoria Calle, Gloria Ortíz, Alejandro Linares, Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas. A favor de la ponencia votaron el mismo Pretelt, Gabriel Mendoza y Luis Guillermo Guerrero.

Se espera que la Corte Constitucional dé a conocer el comunicado oficial, que sirve como notificación, mientras se hace un procedimiento técnico al interior de la Corte que consiste es votar la ponencia de Rojas Rios y que luego en máximo diez días esté lista la sentencia definitiva.

El salvamento de voto de Pretelt

Pocos minutos después de conocerse la derrota de su ponencia, el magistrado Pretetl dio a conocer su salvamento de voto “frente a la sentencia que reconoce el matrimonio de parejas del mismo sexo” por lo que calificó el “bloque mayoritario, progresista y ultra liberal de la Sala Plena de la Corte Constitucional”.

En su criterio, la Corte usurpó las competencias del Congreso y ha traicionado al Constituyente al aprobar el aborto, la eutanasia, la dosis personal, la adopción “y ahora el matrimonio de parejas del mismo sexo, a sabiendas de que no serán aceptados en el Congreso de la República porque son rechazados por la mayoría de los colombianos”.

Pretelt estimó que en la Corte hay un activismo judicial que en su criterio está transformado a los magistrados de la Corte en “supralegisladores para satisfacer los intereses de una élite intelectual que desconfía de las decisiones ciudadanas y por ello no quiere que los temas sean discutidos en el Congreso”.

En ese sentido, Pretelt recordó que la Constitución establece que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer y que en los países donde se ha aprobado el matrimonio igualitario se han dado sendos debates en los parlamentos.

“La modificación de la figura del matrimonio va a generar un funesto caos en el derecho de familia colombiano, pues de manera irresponsable se piensa que se puede borrar de un plumazo una figura centenaria, sin ajustarse aspectos esenciales tales de esa institución como sus contrayentes, su constitución y perfeccionamiento, sus requisitos, las nulidades matrimoniales, la disolución y el divorcio, las obligaciones y derechos, la filiación, la adopción, entre muchísimos otros”, señaló.

El magistrado Pretelt dijo que no se opone al reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo y que su ponencia estaba ajustada a la Constitución y a los tratados internacionales. “En Colombia, no ser “progresista” y compartir valores cristianos, católicos o de centro derecha se está convirtiendo en una conducta criminalizada por sectores políticos y judiciales muy poderosos”, aseguró.

El origen del debate

Este arduo debate tuvo de fondo una sentencia de la Corte Constitucional, la C-577 de 2011, que definió que las parejas del mismo sexo son familia y que decía que si el Congreso no regulaba el tema del matrimonio igualitario en un plazo de dos años, las parejas del mismo sexo podían acudir a notarios o jueces a solemnizar su unión.

En palabras de jueces, notarios y expertos elevadas ante el Tribunal, fue la misma Corte la que armó el “entuerto” al no ser clara y decir cuál sería ese vínculo contractual que sería utilizado para dicha unión solemne.

Entre tanto, la comunidad Lgbti estima que acceder al matrimonio igualitario es cuestión de derechos y que ya es hora de que así sea considerado jurídicamente en el país.

“¿Por qué se atreven a hacernos la pregunta de por qué queremos casarnos? ¿Les parece muy ilegítimo que aspiremos a la igualdad? ¿Les parece un capricho? Nosotros como población Lgbti merecemos respeto”, dijo en su momento Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa.

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