El proyecto de ley que fue aprobado por unanimidad en el Congreso y que busca priorizar a las mujeres víctimas de violencia extrema para acceder a los programas de vivienda, podría tambalear si el Senado y la Cámara de Representantes no logran ponerse de acuerdo para que dé su último paso hacia la sanción presidencial.
Lo anterior debido a un cambio en el documento final que asegura que dichas mujeres serán incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV), un listado que, hasta ahora, solo contiene a las personas que se vieron afectadas por el conflicto armado y el desplazamiento forzado por parte de grupos armados organizados.
Dicho ítem, que había pasado desapercibido y que en el documento describe en el parágrafo 3 que “la calidad de víctima de violencia de género extrema también podrá acreditarse a través del RUV (...)”, siempre que el hecho victimizante sea con ocasión al género, sería un “mico” que EL COLOMBIANO puso en evidencia y que no podría ejecutarse por que la Ley es clara frente a este tipo de víctimas.
La Ley 1448 de 2011, que reglamenta dicho Registro, establece explícitamente que se consideran como víctimas a “aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos con ocasión del conflicto armado interno”.
En diálogo con este diario, la senadora Nadia Blel, autora del proyecto, argumentó que dicho parágrafo fue añadido en la Cámara y que, pensando en la pertinencia y viabilidad de que las mujeres víctimas de violencia sean incluidas en el RUV, el Senado buscará eliminar ese punto en la etapa de conciliación.
Teniendo en cuenta que esta ley tendría que modificar las condiciones que exige el Registro Único de Víctimas para acreditarse actualmente, este podría ser un punto de quiebre que, en el peor de los casos, tumbaría las demás normas del proyecto.