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Condenan a la Nación por muerte de soldado en Arauca

  • El crimen sucedió en 2010, cuando la víctima prestaba servicio militar en Arauca. FOTO ILUSTRATIVA: MANUEL SALDARRIAGA.
    El crimen sucedió en 2010, cuando la víctima prestaba servicio militar en Arauca. FOTO ILUSTRATIVA: MANUEL SALDARRIAGA.
27 de noviembre de 2021
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El Consejo de Estado condenó al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional a pagarle más de $390 millones a los familiares de un uniformado que murió cuando prestaba su servicio militar. El hecho ocurrió tras una ofensiva de la exguerrilla de las Farc en Arauca.

La demanda la interpuso la familia del militar, que fue asesinado por las Farc, tras un ataque de los subversivos en un lugar donde se encontraba una torre de Interconexión Eléctrica (ISA), que estaba bajo custodia del batallón del cual hacía parte la víctima. El fallecido prestó el servicio militar de manera voluntaria como soldado regular hasta el día de la ofensiva, el 11 de julio del 2010.

Por considerar que el daño originado por la muerte del uniformado era atribuible a la Nación, los familiares acudieron al medio de control de reparación directa, con la intención de que la Nación fuera condenada a pagar casi 300 millones de pesos.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Arauca condenó al Ministerio de Defensa a pagarle a los familiares del soldado conscripto más de 243 millones de pesos, para reparar el daño especial que, dice, sufrieron los demandantes, en la medida en que la persona muerta no estaba en el deber de soportar el daño y correspondía al Estado resarcir la materialización de los riesgos de la actividad que este cumplía.

La entidad apeló la decisión, advirtiendo que tres de los demandantes no tenían derecho a percibir reparación por el daño moral que, según esta, no tenían lugar a solicitar.

El Consejo de Estado negó esta última pretensión, al considerar que la cercanía y lazos afectivos que estas personas mantuvieron con la víctima directa de los hechos acreditan que su pérdida les generó un daño moral que debe ser reparado.

Por esta razón, la sala dejó en firme la condena, aun cuando actualizó la cifra, de acuerdo con los datos que reflejan el poder adquisitivo de los recursos reconocidos para resarcir los perjuicios.

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