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Salida de Ricaurte no le evitará ir a juicio por el Cartel de la Toga

Analistas explican por qué la decisión judicial en favor del exmagistrado no impide que se investigue si participó en el entramado de corrupción en la Corte Suprema.

  • El testimonio del exfiscal anticorrupción, Gustavo Moreno, señala que el exmagistrado Francisco Ricaurte habría evitado que avanzaran procesos en la Corte Suprema. FOTO Colprensa
    El testimonio del exfiscal anticorrupción, Gustavo Moreno, señala que el exmagistrado Francisco Ricaurte habría evitado que avanzaran procesos en la Corte Suprema. FOTO Colprensa
22 de agosto de 2019
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Por vencimiento de términos, el exmagistrado Francisco Javier Ricaurte se convirtió en otro más de los implicados en el Cartel de la Toga en quedar en libertad. Leonidas Bustos, Camilo Tarquino y Leonardo Pinilla son otros de los vinculados al caso sobre los que no pesa medida de aseguramiento intramural.

Ricaurte seguirá vinculado al proceso sin estar recluido, pero ¿su libertad pone en riesgo la administración de justicia en el sonado caso de corrupción en la Corte Suprema? La decisión tomada por el juez 29 penal del Circuito de Bogotá reabrió el debate sobre la eficiencia de los organismos judiciales y cómo posibles omisiones pueden causar impunidad.

Consultada sobre este asunto, la Fiscalía General de la Nación explicó que entre el 22 y el 23 de septiembre de 2017 se hicieron las audiencias preliminares del proceso contra el exmagistrado y que el 12 de diciembre de ese año, se presentó el escrito de acusación en su contra por cuatro delitos (ver ¿Qué sigue?)

“Las anteriores son las únicas fechas que dependen de la Fiscalía. Ni un solo día de demora le es atribuible”, señaló el ente acusador y en efecto, luego de la acusación es tarea del despacho iniciar la etapa de juicio en un plazo máximo de 120 días, según dispone el artículo 317 del Código Penal.

Al respecto, el magíster en Derecho Penal de la Universidad Autónoma Latinoamericana, Luis Eduardo Agudelo, explicó que el vencimiento de términos “es una garantía para el imputado, porque esa persona también tiene derecho a que se resuelva su situación jurídica de manera pronta, rápida y oportuna”.

El penalista añadió que “cuando hay lugar a dilaciones, lo que se genera es una incertidumbre en el ciudadano, por eso se contempla que haya vencimiento de términos, porque no es justo que por culpa del Estado se aplace un proceso y la persona siga con medidas cautelares que le generan privación de la libertad”.

En su concepto, que un juez decida dejar en libertad a una persona sobre la que recaía una medida de prisión preventiva “no necesariamente genera impunidad” porque la persona igualmente debe responder ante la justicia, pero “lo que sí puede ocurrir es que mientras más tiempo pase, más difícil sea para la justicia la reconstrucción de los hechos”.

¿Maniobras?

Una de las razones por las que se habrían vencido los términos de la medida de aseguramiento contra Ricaurte, habría sido la ausencia de su defensa en la audiencia de juicio citada para el 16 de agosto.

Al respecto, el exfiscal general Guillermo Mendoza explicó que las ausencias siempre deben estar justificadas y soportadas, y que “las maniobras que un juez identifica como dilatorias no cuentan para que se otorgue la libertad” .

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