La principal empresa de servicio públicos de Colombia, la antioqueña EPM, puede volver a quedarse sin gerente en propiedad por cuenta de una decisión judicial que fue emitida este miércoles en primera instancia.
En efecto, el Tribunal Administrativo de Antioquia tumbó la elección de Jorge Andrés Carrillo como cabeza de EPM, luego de corroborar que no cumplía los requisitos para llegar al cargo.
En un documento de 58 páginas, con ponencia del magistrado Gonzalo Javier Zambrano, el tribunal decidió que se debe declarar nulo el nombramiento de Carrillo porque hasta el mismo día de su designación en EPM, el pasado 13 de abril, fungía como miembro de la junta directiva de la misma empresa y esto, según la normatividad analizada por el despacho judicial, tiene prohibición legal.
“Como lo alega la parte accionante, se habría desconocido la prohibición contenida en el artículo 10° del Decreto Ley 128 de 1976, según la cual, los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas ni durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su retiro, pueden prestar sus servicios profesionales en la entidad en la cual actúan o actuaron ni en las que hagan parte del sector administrativo al que aquélla pertenece”, se lee en la parte motiva de la decisión.
De hecho, ese fue el argumento base de la demanda que presentó el abogado Hernán Cadavid, quien aspira a estar en las listas del Centro Democrático a la Cámara por Antioquia y quien ha sido representante judicial, entre otros, del expresidente y exsenador Álvaro Uribe.
El jurista, en su argumentación –la cual fue admitida y avalada por el tribunal– indicó que la Alcaldía de Medellín, en cabeza de Daniel Quintero, nombró a Carrillo desconociendo esa ley de 1976, y lo hizo argumentando que hay disposiciones jurídicas posteriores que lo avalan para dar ese paso de la junta directiva a la gerencia de EPM.
Se trata de unos conceptos de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, y de otras entidades, pero que no tienen fuerza vinculante como la sentencias y leyes.
Le génesis de la discusión jurídica está en que Carrillo figuraba como miembro de la Junta Directiva de EPM desde el 25 de agosto de 2020 y, según información de la misma empresa, con fecha del 26 ese mes, aparece como miembro del comité de Estrategia e Inversión.
En todo caso, este mismo miércoles se supo que Carrillo va a apelar esta decisión de primera instancia, por lo que el proceso sube hasta el Consejo de Estado y, mientras se define de fondo, seguirá oficiando como Gerente de EPM.
Vale la pena recordar que con el arribo de Carrillo, el gobierno de Quintero suma así su cuarto gerente en 15 meses después de Álvaro Guillermo Rendón, declarado insubsistente (01-01-2020 al 01-02-2021); Mónica Ruiz Arbeláez (encargada entre el 02-02-2021 y el 05-02-2021); y Alejandro Calderón Chatet, quien apenas duró una semana.
Por otro lado, en esta misma decisión de primera instancia se negó una petición de compulsar copias para investigar al alcalde Quintero por el nombramiento de Carrillo, con el argumento de que el propio demandante “puede proceder en esa dirección si así lo considera pertinente”, sin esperar a que el otro despacho judicial lo ordene.
“Adicionalmente, una decisión que se impartiera en ese sentido únicamente se podría materializar una vez quedara ejecutoriada, no pudiéndose olvidar que la presente es una providencia de primera instancia”, se lee en la sentencia.