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Cambio en procesos no será fácil

22 de septiembre de 2009
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No solamente los llamados parapolíticos podrían ser juzgados por crímenes de lesa humanidad, sino que toda persona que haya hecho parte del aparato de guerra y que tenga fuero podrá ser llamado a responder por este delito.

"El aparato de guerra funciona no sólo con autores establecidos sino con determinadores y todas las personas que tuvieron que ver con el estado de guerra del país", precisó el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Augusto Ibáñez.

Esta decisión empezaría a aplicarse a quienes aún no han sido imputados y se les investiga por sus presuntos nexos con grupos ilegales.

Sin embargo, si se adiciona una nueva prueba en los procesos que ya pasaron esta etapa, los mismos podrían ser reabiertos, a partir de esta nueva investigación.

Para el caso de los que fueron condenados tampoco aplica, a menos que se encuentren nuevos hechos que los involucren con los grupos la margen de la ley. De ser así, se les abriría una nueva investigación.

"A todas las personas vinculadas a los procesos que de aquí en adelante tuvieran que ver con patrocinio, omisión o acción en lesa humanidad y crimen de guerra se aplicará la providencia", sostiene Ibáñez.

De acuerdo con la jurisprudencia, los nuevos casos tendrán como base de imputación el concierto para delinquir, y a este se adicionarían todo lo que tenga que ver con homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad, como tortura y desaparición forzada, entre otros.

Además, las penas se endurecerán para las personas culpables de delitos de lesa humanidad, pues según el Código Penal podrán pagar hasta 60 años, aunque la dosificación de la pena está en manos del juez.

Para el presidente del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Iván Cepeda, la decisión de la Corte es muy oportuna y valiosa. "Valoramos esta decisión y la esperaba el movimiento de las víctimas", dijo.

Uno de los abogados que lleva casos de parapolítica y quien pidió omitir su nombre, dijo que "no sólo se necesita de una imputación de concierto para delinquir para decir que un congresista cometió un delito de lesa humanidad. Al procesado debe comprobársele que hacía parte determinante en la estructura armada y era uno de los líderes".

La Corte Suprema manifestó que habrá que valorar cada caso y mirar sus particularidades.

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