La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a un hombre que había sido condenado a 42 años de prisión luego de hacer un fuerte llamado de atención a la Fiscalía General de la Nación por falta de cuidado a la hora de practicar pruebas.
Se trata de Lorenzo Yáñez Julio quien fue condenado en primera instancia por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompox en el 2011, por el homicidio de un ciudadano ocurrido en agosto de 2010 en ese municipio.
El fallo fue confirmado por el Tribunal Superior de Cartagena en 2012, por lo que Yáñez Julio iba a pasar 42 años de su vida en prisión como coautor responsable de los delitos de homicidio y porte ilegal de armas de fuego, ambos en modalidad agravada.
No obstante, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia en casación y terminó con la absolución de Yáñez Julio quien había sido encontrado culpable de disparar en contra de Luis Alfredo Rovira en un sitio conocido como ‘El Bailadero El Ñon’.
Al examinar el caso, la Corte señaló que no hay suficiente material probatorio que permita indicar que Yánez Julio es el responsable de los hechos y ordenó su libertad inmediata al estimar que si no hay certeza, se debe prevenir “el inaceptable riesgo de condenar a un inocente”.
“Como lo ha expresado en casos semejantes, la Corte no puede concluir sin hacer un serio llamado de atención a la Fiscalía General de la Nación, con el objeto de que los Fiscales Delegados y el personal de Policía Judicial adscrito a esa institución recapaciten en el compromiso funcional que les asiste, y no incurran en la negligencia y desidia que se evidencia en la actividad investigativa deparada para la presente actuación, pues no admite ninguna justificación que pese a conocer los deberes de asegurar la prueba, brindar protección a los testigos y lograr su comparecencia en juicio, nada de esto se observe cumplido con la diligencia requerida atendiendo la delicada y trascendente misión institucional impuesta a ese organismo en la Constitución y la Ley”, señala la providencia.
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