Con frecuencia se han oído y leído opiniones sobre la participación de las SAS en materia societaria, tributaria y de seguridad social. Desde algunos sectores, especialmente los vinculados a la DIAN, se les achacan a las sociedades por acciones simplificadas muchos de los efectos que en la disminución de la tributación se han producido. Se les acusa de ser una cobertura para el lavado de activos, de evadir las obligaciones con la seguridad social, de incumplir con las aportaciones parafiscales, de beneficiarse indebidamente de algunas prerrogativas y beneficios consagrados en la regulación fiscal.
Hasta el punto de que se les responsabiliza de muchos de los males que aquejan la formalización de las instituciones colombianas, señalando sin miramientos a quienes las constituyen y administran como a una especie de malos ciudadanos, de transgresores de la ley, y de bucaneros o malhechores. Nada más lejano y ajeno a la realidad jurídica de las SAS.
Estas compañías han demostrado en los últimos tres años ser un sustituto eficiente y económico de todas y cualquiera de las formas societarias tradicionales, permitiendo además la formalización de pequeñas y medianas empresas que, con anterioridad, operaban de manera clandestina e irregular.
Las SAS se han impuesto en la vida de los negocios como una forma de organización de las empresas y de los patrimonios, gracias a las bondades que ofrece en su adaptación a las nuevas tendencias del derecho comercial contemporáneo.
Si algunos han hecho mal uso de las SAS para infringir las normas u obtener resultados indebidos, sus efectos negativos no están en su regulación, sino en la naturaleza del ser humano y de sus debilidades.
De hecho, los beneficios de la ley de empleo (1429 de 2010) están dirigidos a cualquier tipo de sociedad, y no exclusivamente a la SAS. De esos beneficios pueden hacer uso las sociedades anónimas, las comanditarias y las de responsabilidad limitada. Es facilista y obedece a perversas intenciones señalar a las SAS como fuente de conductas que obedecen exclusivamente a la voluntad humana.
En error parecido, aunque en sentido contrario, incurre la opinión pública cuando piensa que la administración tributaria es corrupta. La DIAN es una necesidad. Es una herramienta indispensable para que el Estado cumpla sus objetivos. Ha hecho un esfuerzo institucional de mejoramiento que debe ser reconocido públicamente.
Es cierto que las nuevas formas societarias han despojado de privilegios económicos a ciertos sectores, como los vinculados al notariado, que desde un comienzo enfiló sus baterías contra las SAS, sin reconocer las verdaderas causas subyacentes de tal oposición: la privación de ingresos derivados de escrituras públicas que quedan eliminadas en la constitución y en la reforma de las sociedades por acciones simplificadas.
Con la obstinada y sesgada persecución a las SAS de parte de los sectores mencionados se está colocando una cortina de humo sobre el verdadero problema: una legislación que crea prerrogativas y privilegios, cuyos resultados posteriores sorprenden al mismo Gobierno, y en los que solo el ser humano es el verdadero origen de comportamiento que, de alguna manera, contraviene la ley.
El Ministerio de Hacienda mató el tigre y se asustó con el cuero. Lo que ahora pretende es vender el canapé. Se está disparando en la oscuridad con la esperanza de no enfrentar de día al enemigo.
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