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HISTÓRICO
PREGUNTAS INCÓMODAS
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Por ANA CRISTINA RESTREPO J. | Publicado

Hace una semana, El Espectador entrevistó a Liliana Rendón, jefa departamental de debate del Centro Democrático.

Le preguntan: "Se sabe que va a aspirar a la Gobernación de Antioquia 2015. ¿No teme que los líos judiciales de su jefe político, Luis Alfredo Ramos, terminen afectándola?".

Responde: "[…] No tengo una sola investigación y ninguno de los paramilitares que se han desmovilizado me han mencionado (sic) […]".

Curiosa desviación de la respuesta. "Explicación no pedida…", diría mi abuela; pero lo más interesante es la ausencia de investigaciones.

Tengo algunas preguntas para el procurador Alejandro Ordóñez: ¿conoce la entrevista que Yamid Amat le hizo a la entonces senadora Rendón respecto al caso "Bolillo" Gómez, en agosto de 2011? ¿Hubo acato a la Ley 1257?

Superando la desafortunada frase "si mi marido como es de madre me casca: yo me la gané", recordemos otras respuestas de Rendón:

"Las mujeres somos muy necias […] Tenemos unas conductas donde normalmente, cuando nos queremos hacer las víctimas, qué pesar, lo hacemos perfectamente".

La Ley 1257 (artículo 7°, capítulo III) dice que las mujeres tenemos derecho a no ser sometidas a forma alguna de discriminación. Las generalizaciones de la entrevistada constituyen una forma de discriminación por razón de género, enfatizada con términos que le restan racionalidad al comportamiento femenino: "Hay una conducta celotípica que es una patología dentro de la mujer: que incita, que provoca, que induce".

Cuando Rendón recomienda: "Ese [maltrato] es un tema para que lo arreglen ellos dos", infringe el artículo 9, capítulo IV: el Gobierno "implementará medidas para fomentar la sanción social y la denuncia de las prácticas discriminatorias y la violencia contra las mujeres". ¿Una funcionaria promoviendo la omisión de la denuncia, la invisibilización del delito en cuestión?

Si la Ley 1257 ordena al Estado "prevenir, investigar y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres", ¿por qué la Procuraduría no ha investigado a Rendón?

Según el Código Disciplinario Único, artículo 25, la ley disciplinaria aplica a los servidores públicos "aunque se encuentren retirados del servicio": todavía, fuera del cargo, la exsenadora puede ser investigada. Es más, la regla de prescripción señala que "la acción disciplinaria caducará si transcurridos cinco años desde la ocurrencia de la falta, no se ha proferido auto de apertura de investigación".

En su columna pasada, Hernando Gómez Buendía recordó que Ordóñez "ha destituido más funcionarios, y de rango más alto, que todos sus antecesores". Además de arremeter contra el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en los tres casos permitidos en Colombia, ¿el procurador pasará por alto la vigilancia de la Ley 1257?

Rendón culmina la entrevista con Amat: "Hay mujeres que son bobas y se dejan". No necesito la ley para desentrañar la falta de humanidad en estas palabras.

No existen los "crímenes pasionales": ¡son crímenes, a secas… Según cifras oficiales, a octubre de 2013, 178 mujeres han sido asesinadas en Antioquia.

Una pregunta final: ¿Seremos capaces de votar con la memoria activa?

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