La juez 30 de conocimiento de Bogotá negó la detención domiciliaria a Juan Carlos Varela Bellini, quien aceptó haber causado la muerte a tres motociclistas en La Calera (Cundinamarca), cuando conducía su vehículo en estado de embriaguez en julio de 2012.
Para administradora de justicia, el acuerdo que busca la Fiscalía "entrega más beneficios al procesado de los que la entidad puede conceder".
Según la decisión, las conductas son demasiado graves por lo que no es posible dar el aval en las actuales condiciones, en las que se Varela Bellini solo pagaría cinco años y nueve meses de cárcel.
La decisión del juzgador se dio luego de señalar que no era posible avalar un preacuerdo entre el procesado y la Fiscalía, en el que se negoció que el delito de homicidio simple, a título de dolo eventual, le fue cambiado por homicidio culposo agravado y se mantiene el concurso con lesiones personales.
“El preacuerdo, celebrado por la parte y presentado ante este despacho para su aprobación o improbación, consistía en lo siguiente: aceptar su responsabilidad en los hechos materia de investigación. Indemnizará a las víctimas, lo cual ya hizo parcialmente, desarrollará una campaña de prevención vial que busca prevenir a la población de los efectos nefastos de conducir en estado de embriaguez dictando 10 charlas en el curso pedagógico por infracciones de tránsito General de la Nación le reduce la tipicidad del hecho”, aseguró la juez.
Varela Bellini se comprometió a reparar las víctimas al parecer con mil 200 millones de pesos, sin embargo, la cifra permaneció en reserva durante la diligencia.
Para la juez el hecho de que el procesado hubiera tomado su vehículo en estado de alicoramiento hace más grave lo que sucedió, por lo que cambiar los delitos por unos menos fuertes no es posible.
“Considerando que se trataba de una carretera estrecha que el fin de semana y en horas de la noche presenta gran afluencia de tráfico, lo cual le permitió al procesado prever la ocurrencia de un accidente si conducía en la condiciones que lo hizo (…) El hecho de variar imputación subjetiva y las conductas imputadas de dolo a culposo desconoce la situación fáctica materia de juzgamiento”, afirmó.
Para la juzgadora “es evidente que las condiciones en que ocurrieron los hechos son indicativas de un dolo eventual en el comportamiento del conductor homicida porque dado el alto grado de alicoramiento”, puntualizó.
Ante la negativa de la juez de aceptar el preacuerdo y, por ende, dar el beneficio de detención domiciliara, la defensa, el fiscal 70 delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá y la Procuraduría decidieron apelar la determinación.
Una víctima en desacuerdo
Pese a que la mayoría de los abogados de víctimas y la Procuraduría están de acuerdo con lo planteado por Iván Cancino, el defensor del conductor, la representante jurídica de Wilson Quiroga y sus hijos, señaló que no es posible darle beneficios a quien ha causado tanto daño.
“El derecho a la vida es inviolable. Qué ejemplo le estamos dando a la sociedad cuando se cambia el delito. Dónde quedan las campaña para prevenir los accidentes”, señaló.
Juan Carlos Verela Bellini permanece en una prisión para conductores luego que fuera trasladado de cárcel La Modelo.