A la imputación de cargos se suma el anuncio de la Superintendencia de Industria y Comercio de abrir una investigación administrativa contra Lérida, Alsacia, Calamar y Vifasa, del Grupo CDO, y a sus representantes por presunto incumplimiento del estatuto del consumidor y violación de disposiciones sobre la calidad, que vulneran el derecho a una vivienda digna.
Lo sucedido es doloroso en extremo para las familias de las 12 personas fallecidas y para los damnificados que hoy tienen en zozobra su futuro, por la pérdida de un bien al que accedieron como fruto de su trabajo, por lo que tiene que haber unas consideraciones especiales, y ejemplares, para que tales situaciones dejen una lección para el gremio y las autoridades nacionales y municipales.
Lo que hay de por medio son tragedias humanas y derechos fundamentales, por lo que es preciso, así mismo, evitar que esas mismas víctimas puedan ser utilizadas como mecanismo de presión en la búsqueda de soluciones.
No será un proceso fácil, pues la constructora CDO ha sostenido que todos sus proyectos cumplieron con la normatividad urbanística vigente, y se surtieron los procesos de revisión técnica estructural y fueron recibidos a cabalidad por Planeación Municipal. Esta semana, el viernes, el estudio de la Universidad de los Andes permitirá conocer las razones del colapso de la torre 6 de Space, el pasado 12 de octubre.
Y ya se han producido algunas decisiones judiciales. El curador urbano segundo, Carlos Alberto Ruiz está detenido, por haber faltado, presuntamente, a sus funciones de revisión y control en el cumplimiento de las normas de sismorresistencia en el proyecto, según el cargo de prevaricato por acción que imputó la Fiscalía.
Tras una primera audiencia, durante la cual no aceptaron los cargos de homicidio culposo, los ingenieros María Cecilia Posada, Pablo Villegas Mesa y Jorge Aristizábal Ochoa, continúan vinculados al proceso.
Una medida cautelar impide que los implicados puedan realizar transacciones sobre los bienes que poseen durante seis meses, con lo que se busca que, de resultar culpables, estos puedan ser utilizados para resarcir los perjuicios ocasionados en los proyectos de CDO, hoy evacuados por orden del Dagrd.
Por lo que significa este hecho singular en la historia de la construcción de vivienda, la justicia y los organismos de regulación, vigilancia y control tienen que obrar con prontitud y contundencia, de manera que los efectos que se desprendan conduzcan a afinar la regulación para que se preserve la buena fe y la confianza en las firmas constructoras, que con seriedad y responsabilidad han contribuido de manera notoria al desarrollo del país.
Ni la Fiscalía, ni la Superintendencia han vinculado a sus investigaciones a ningún funcionario, pero Contraloría, Procuraduría y Personería están llamadas a dilucidar qué responsabilidad les cabe a la administración municipal actual y a las anteriores en torno al cumplimiento de requisitos que tuvo que aportar la firma en mención para obtener las licencias de construcción.
La buena gestión cumplida por la Vicealcaldesa en el acompañamiento de las familias de las víctimas no puede hacer pensar que esto copa la responsabilidad de los funcionarios municipales que están directamente vinculados con el sector de la construcción, en cuanto a la necesidad no sólo de planear sino de hacer el tan obligatorio como necesario seguimiento en la ejecución de los proyectos y de igual forma es claro que para el efecto está instituida la oficina de inspección de obras.
La construcción de vivienda además de ser un motor económico, es generadora de calidad de vida y de seguridad familiar, lo que hay que garantizar con claras reglas de juego, incluyendo obviamente una revisión del rol que deben cumplir las curadurías urbanas.
En este caso, el curador es la parte más débil de la cuerda
Por David Gutiérrez
Abogado, apoderado del curador segundo Carlos Alberto Ruiz
Hay procesos penales donde hay mucho grado de subjetividad, pero en este tema todo está claramente establecido en la ley. Lo que ronda en el ambiente es un total desconocimiento del derecho urbanístico y nadie se ha tomado la tarea de hacer el rastreo normativo para saber qué es lo que hace un curador.
El curador es en este caso la parte más débil de la cuerda, porque es la más visible, pero es a partir del desconocimiento de la norma. Y lo puedo explicar con un ejemplo. Ningún ciudadano común y corriente hace un trámite ante un curador para acceder a una licencia de construcción.
Generalmente lo hacen los constructores, pero muchos ciudadanos sí han hecho el trámite para acceder a una licencia de conducción. Y es una analogía muy similar. El ciudadano debe llenar unos requisitos y el Secretario de Tránsito verifica simplemente que se aporten esos documentos para entregar la licencia. Igual pasa con el curador que se encarga de verificar que el constructor aporte unos estudios estructurales y la ley establece que esos estudios no los puede hacer el constructor sino que debe contratar un externo que los haga, justamente para garantizar idoneidad.
Los actos de los servidores públicos se presumen de buena fe y conforme a derecho. El proceso apenas comienza. La regulación de la labor de los curadores es clara, lo que hay que hacer es invitar a la comunidad en general a que la conozcan.