La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó al ex alcalde de Barranquilla Guillermo Enrique Hoenigsberg Bornacelly por desconocimiento de los principios rectores de la contratación estatal.
Según el fallo de primera instancia, un contrato que tenía como objetivo el suministro de raciones alimenticias de los estudiantes, niños y adolescentes de los centros educativos del distrito de Barranquilla de los estratos 1 y 2 fue suspendido de manera unilateral e irregular.
Por eso para el Ministerio Público esta suspensión se convirtió en un comportamiento disciplinario que ocasionó un grave daño social.
Asi mismo explicó la Procuraduría que esta determinación establece una extralimitación de funciones, que es una falta calificada como gravísima y a título de dolo.
Al imponer la sanción de 10 años contra Hoenigsberg Bornacelly, se aclaró que la administración carecía de competencia para declarar la nulidad del contrato porque esto era una competencia exclusiva de la autoridad judicial.
Para el Ministerio Público, el ex alcalde Hoenisgberg Bornacelly además de desconocer la Ley 80 de 1993, incurrió en extralimitación en sus funciones e infringió el deber funcional que le imponía el cumplimiento de la ley.
Por estos hechos, la Procuraduría sancionó con suspensión del cargo durante un mes a Javier Enrique Castro Carrascal, en su condición de Secretario de Educación del distrito de Barranquilla.