A partir de este mes los empresarios prestadores de servicios podrán acceder a la exención de IVA por sus exportaciones, presentando ante las autoridades competentes diferentes documentos que acrediten sus actividades sin estar limitados al contrato escrito, como venía ocurriendo hasta el momento.
Esto quiere decir que la Dian tiene autorización para aceptar otro tipo de documentos que soporten la operación, como facturas comerciales. Así lo anunció el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, quien explicó que dichas modificaciones fueron logradas para los exportadores de servicios en el marco de la recién aprobada Reforma Tributaria.
El alto funcionario señaló además que para ajustar esta norma tributaria, fue determinante reconocer que el comercio exterior de servicios se realiza, en la mayoría de los casos, a través del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, y que los negocios se concretan en tiempo real "muchas veces sin intermediación de formalidades como contratos escritos".
Otros beneficiados con los cambios en la normatividad tributaria son los sectores de software, las TIC y la informática que tendrán una reducción en la tarifa de retención en la fuente de 11 por ciento a 3,5 por ciento.
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