Desde agosto pasado, los residentes en edificios y urbanizaciones residenciales de Medellín debieron tener un descenso en su cuota de administración.
Y debió o deberá ser así, en consideración del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia que desde el 17 de mayo pasado ordenó suspender el cobro del impuesto de alumbrado público por cada contador de las zonas comunes de la copropiedad.
La decisión judicial de segunda instancia solo se aplica para propiedades horizontales y conjuntos en jurisdicción de Medellín y fue acatada inmediatamente por Empresas Públicas de Medellín (EPM), recaudador del impuesto municipal.
"En Medellín se venía gravando las instalaciones eléctricas de las zonas comunes, cuando esas instalaciones no se benefician del alumbrado público, como si lo hacen los propietarios, que siguen pagando su impuesto", explica el contador César Augusto Cardona Hoyos, coordinador de Auditoría y Control en la Asociación de Propietarios, Arrendatarios y Administradores de Propiedad Horizontal (Asurbe).
Fue él quien instauró la Acción Popular que, después de dos años de trámites y litigios, terminó con el desmonte del gravamen que se venía cobrando tanto en las facturas de cada apartamento o casa dentro de la copropiedad, como en las cuentas de energía de las zonas comunes.
"En la Acción Popular se argumentaba que el impuesto de alumbrado público se estaba cobrando doble y en algunos casos hasta más, pues se cobraba por cada contador de energía, y en algunos casos eso es por cada torre o bloque de la urbanización", explica Alfonso Álvarez López, director Ejecutivo de Asurbe.
Por eso los descensos en la cuota de administración deben ser mayores para las urbanizaciones de más edificios o donde haya instalados más contadores de energía en las zonas comunes. No está de más averiguar con el Administrador de su copropiedad, porque todo indica que la cuota debe bajar.
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