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Almagro pidió suspender a Venezuela de la OEA si no se celebran elecciones

  • Luis Almagro, secretario general de la OEA. FOTO COLPRENSA
    Luis Almagro, secretario general de la OEA. FOTO COLPRENSA
14 de marzo de 2017
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El secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, abogó este martes por suspender a Venezuela del organismo si no celebra “elecciones generales completas a la mayor brevedad” con observadores internacionales para que sean “libres, justas y transparentes”.

Esta es la conclusión de su nuevo informe crítico sobre Venezuela, de 75 páginas, en el que actualiza el que publicó el pasado 31 de mayo, con el que invocó la Carta Democrática de la OEA e inició un proceso aún abierto que podría llevar a suspender a Venezuela del organismo si así lo deciden dos tercios de los 34 Estados miembros.

Lea aquí: Maduro pidió a países del Caribe no aislar a su gobierno socialista

“Aprobar la suspensión del desnaturalizado gobierno venezolano es el más claro esfuerzo y gesto que podemos hacer en este momento por la gente del país, por la democracia en el continente, por su futuro y por la justicia”, concluye Almagro en su escrito, enviado al Consejo Permanente para que lo distribuya a las delegaciones.

Para evitar la suspensión y “retomar el rumbo institucional”, Almagro exige que en los próximos 30 días haya un llamado a elecciones generales, además de otras condiciones.

Recuerde: “Almagro go home, Almagro go home”: Maduro

“La liberación de los presos políticos, la validación de las leyes que han sido anuladas, así como la elección de un nuevo Consejo Nacional Electoral y un nuevo Tribunal Supremo de Justicia conforme a los procedimientos establecidos en la Constitución”, indica.

Para sustentar su petición de suspender a Venezuela si no da estos pasos, Almagro recuerda que el artículo 20 de la Carta, el que invocó el pasado mayo, estipula que, si fracasan las gestiones diplomáticas o ante un caso de urgencia, el Consejo Permanente puede convocar de inmediato una Asamblea General extraordinaria.

Y el artículo 21 indica que si la Asamblea, el máximo órgano de la OEA con los cancilleres de los 34 países, constata que se ha producido “la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas”, puede suspender a ese Estado de su participación en la OEA.

Para ello se necesitan dos tercios de los 34 países que conforman la OEA y la suspensión entraría en vigor de inmediato.

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