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Superintendencias refutan decisión de la Corte

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13 de abril de 2019
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La Corte Constitucional ordenó tanto a la Superintendencia de Sociedades como a la de Industria y Comercio (SIC) no recaudar pruebas sobre las cuales sea necesaria una orden judicial. La decisión la toma la Corte luego de la denuncia de varias empresas conforme a las funciones que las superintendencias estaban llevando como policía judicial.

“Estas superintendencias pueden practicar pruebas pero no comprende esas prácticas de pruebas ni las interceptaciones, ni los registros, ni las actividades probatorias que requieran reserva judicial”, aseguró Gloria Ortiz, presidenta del tribunal.

La decisión de la entidad se sustenta, según las pruebas recaudadas, en que estos entes de control habrían hecho interceptaciones en llamadas telefónicas, así como el decomiso de material probatorio, entre otros.

Sobre esto último, la Superintendencia de Sociedades, a través de un comunicado de prensa, dijo que no ha hecho uso de esos métodos para recolectar material dentro de las investigaciones que adelanta.

De acuerdo con el pronunciamiento del órgano judicial, la entidad afirmó “que no ha realizado interceptaciones telefónicas, conforme no es competente para ello; además, que en las visitas administrativas realizadas de investigación sobre la posible comisión de conductas de soborno transnacional, no se ha llevado computadores ni dispositivos móviles”.

Según lo dio a conocer la Corte en su decisión, esta medida busca que las empresas a las que se les adelantan procesos administrativos desde alguna de las entidades vigilantes, tengan garantizado el derecho al debido proceso, así como mantener en regla que tanto la Supersociedades como la SIC, no se extralimiten en sus funciones y se garantice la aprobación de un juez para llevar a cabo cierta recolección de pruebas.

El llamado de atención

A pesar de la decisión del organismo judicial, la Superintendencia de Sociedades pidió que se revisara el concepto de la Corte pues podría ser palo en la rueda para algunos de los procesos que lidera esa entidad; sin embargo, acatará el fallo.

“Cualquier posible limitación al recaudo de pruebas, podría restringir la efectividad de la lucha contra el soborno transnacional y el cumplimiento de los compromisos establecidos en la implementación de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales.

De otro lado, en declaraciones entregadas a W Radio, Andrés Barreto, superintendente de Industria y Comercio, aseguró que esperarán la sentencia en su totalidad para analizar el alcance del fallo. Y aseguró que la decisión es preocupante.

“La Corte no puede llegar a una interpretación como esa, porque pondría en peligro todas las investigaciones que estamos adelantando en la SIC”. Así mismo, el funcionario indicó que las investigaciones que lidera el ente, así como los próximos procesos podrían verse afectados pues “con lo que está planteando la Corte, se perdería el factor sorpresa de las investigaciones”, aseguró.

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