En prueba se les permitió a las plataformas ofrecer la compraventa de criptoactivos y su almacenamiento en billeteras digitales a personas naturales.
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En prueba se les permitió a las plataformas ofrecer la compraventa de criptoactivos y su almacenamiento en billeteras digitales a personas naturales.
No hubo incidentes que pusieran en riesgo la continuidad del piloto de intercambio, ni se materializaron riesgos que afectaran a los consumidores financieros o la estabilidad de las entidades participantes. Esa fue la conclusión de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) sobre la prueba que adelantó el mes pasado con criptoactivos.
Los criptoactivos, o criptomonedas, son activos digitales diseñados para funcionar como medios de intercambio que utilizan criptografía para asegurar transacciones y controlar la creación de nuevas unidades. Operan de manera descentralizada a través de tecnología de blockchain, que registra todas las transacciones de forma segura y transparente.
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Bitcoin es la primera y más conocida criptomoneda, pero existen muchas otras con diferentes características, incluyendo Ethereum, Ripple y Litecoin, solo por mencionar algunas.
En dicho piloto operaron siete alianzas, cada una de ellas integrada por una entidad de establecimientos de crédito y Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos y una plataforma de intercambio de criptoactivos constituida en el país.
Es claro que las criptomonedas son cada vez más utilizadas en el mundo y algunas monedas digitales han ganado una valorización importante en el mercado, por ejemplo el Bitcóin tiene un valor de 58.643,80 dólares en la mañana de este jueves 11 de julio. Por esa razón, en Colombia algunos establecimientos aceptan estos activos como medios de pago e, incluso, ya hay cajeros para retirarlos.
El propósito del piloto realizado en LaArenera de la SFC fue probar, en un entorno controlado y supervisado, la adopción de medidas adicionales por parte de las entidades vigiladas. La idea fue gestionar los riesgos inherentes al proceso de vinculación y prestación de servicios financieros a plataformas de intercambio de criptoactivos, mediante el otorgamiento de un producto de depósito y retiros de servicios de pago en pesos colombianos.
Las plataformas de intercambio de criptoactivos que participaron estaban constituidas en Colombia y que realizan un uso exclusivo de un producto de depósito para el recaudo y la dispersión de recursos en pesos colombianos.
En el piloto se les permitió a las plataformas ofrecer la compraventa de criptoactivos y su almacenamiento en billeteras digitales a personas naturales. En cada transacción se identificó el origen, destino y monto, pero los activos nunca entraron al sistema financiero colombiano.
“Las plataformas de intercambio participantes pudieron desarrollar las herramientas necesarias para implementar y gestionar adecuadamente un Sistema de Administración de Riesgo Operativo y de Ciberseguridad, alineado con el establecido por la SFC en su Circular Básica Contable y Financiera, garantizando la ejecución segura de las operaciones de compraventa en la plataforma de activos virtuales”, sostuvo la SFC.
La Superfinanciera resaltó que resultados del piloto constituyen un insumo valioso para definir una eventual iniciativa regulatoria, no obstante, advirtió sobre los riesgos a los que las personas y entidades se exponen al adquirir criptoactivos, ya que no están regulados ni respaldados por un banco central.
En esta clase de operaciones las personas se exponen a altas volatilidades en el precio de estos tipos de instrumentos, dada la amplia especulación que se mantiene sobre estos por lo que el valor de intercambio podría reducirse drásticamente e incluso llegar a cero.
Cabe señalar, además, que en la actualidad las plataformas transaccionales y comercializadores de los criptoactivos no se encuentran reguladas por la ley colombiana ni se encuentran sujetas al control, vigilancia o inspección de esta Superintendencia.
Agregó: “corresponde a cada persona conocer y asumir los riesgos inherentes a las operaciones que realicen con este tipo de activos virtuales, pues no se encuentran amparados por ningún tipo de garantía privada o estatal ni sus operaciones son susceptibles de cobertura por parte del seguro de depósito”, anoto la SFC.
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