LUIS FERNANDO ÁLVAREZ J.
Una prestante dama afirmaba de manera jocosa pero con un cierto sentido de seriedad, que en materia de infidelidad conyugal todo hombre era culpable de sospecha. Curiosa afirmación, que en principio no es de recibo dentro del rigorismo de la Ciencia Penal. Sin embargo, cualquier ciudadano observador de los fenómenos socio-jurídicos, encuentra que en nuestro medio la mencionada expresión parece tener cada día más acogida.
Para desentrañar su verdadero alcance, hay que empezar por aclarar que el principio constitucional sobre presunción de inocencia, hace que a todo individuo se le deba considerar inocente mientras la sociedad, a través de sus órganos especializados, no le demuestre que es culpable de una conducta ilícita. Esto significa que se puede ser sospechoso de haber cometido un determinado delito, cuando se presentan una serie de circunstancias que permiten razonablemente incriminar al individuo, sin que ello signifique que sea culpable, mientras no se le pruebe que efectivamente cometió el hecho y que lo hizo a título de dolo o culpa. El ser sospechoso no significa ser culpable y por eso es un absurdo establecer responsabilidad penal por la mera sospecha.
Sin embargo, los denominados “juicios paralelos” que en muchas ocasiones se promueven y adelantan por los medios de comunicación y otros canales inadecuados, han hecho que en forma recurrente se establezca una culpabilidad por la simple sospecha. Por ejemplo: no se sabe a ciencia cierta si el magistrado Jorge Pretelt realmente solicitó el pago de una suma de dinero para tramitar una tutela. Solo existe la afirmación de un abogado en el sentido de que el magistrado le formuló dicha petición, sin que hasta el presente se haya demostrado la comisión del delito. Sin embargo, en los distintos medios sociales ya se le ha condenado por ser “culpable de sospecha”. Otro ejemplo: El Papa Francisco ha anunciado una probable visita a Colombia, en una fecha incierta del 2016. Desde tiempo atrás la sociedad reclama la presencia del Sumo Pontífice, argumentando que es inconcebible que el Papa no visite de manera recurrente un país como el nuestro, caracterizado por su mayoría católica y los permanentes conflictos de convivencia que requieren del alivio y apoyo que puede brindar la bendición Papal. Lo curioso es que tan pronto se anuncia esta visita, el país se polariza entre algunos sectores que responsabilizan al Gobierno a título de “culpa por sospecha”, afirmando que va a valerse de ella con fines políticos. Al mismo tiempo, algunos de esos sectores, realmente preocupados por evitar que se abuse políticamente de esa visita, se les condena por “culpa de sospecha”, de no querer que el Papa venga al país.
Como los anteriores, hay muchos otros casos similares. Lo cierto es que para hacer posible la convivencia del posconflicto, todos somos responsables de defender los principios y derechos constitucionales que garantizan la presunción de inocencia, la buena fe y el debido proceso, para lo cual debemos eliminar aquella creencia de que alguien pueda ser señalado “culpable de sospecha”.