Las discusiones sobre la conveniencia o inconveniencia del voto para los militares han sido recurrentes durante los últimos cincuenta años. Tal derecho existió hasta el año 1930, en el gobierno del presidente Olaya Herrera, en que se suspendió aduciendo la no deliberancia (Ley 72). La negación de este derecho pasó a ser norma constitucional en 1945, mediante Acto Legislativo 01, y persistió en la Constitución de 1991, (articular 219 que ahora pretende ser modificado).
Estamos hablando de un derecho de reconocimiento suspendido, situación que en mi opinión debe persistir mientras las condiciones que ameritan tal decisión no cambien, lo cual le da carácter de provisionalidad. Cuando los intereses de la nación lo recomienden, las modificaciones...