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Colombia se ubica en el puesto 95, por causa de una serie de decisiones y ejecuciones contrarias a la esencia del Estado de derecho.
Por Luis Fernando Álvarez Jaramillo - lfalvarezj@gmail.com
Acaba de ser publicado el ranking sobre los aspectos positivos en que se apoya la institucionalidad del Estado de derecho, y los factores negativos que atentan en contra de su estabilidad y permanencia. Entre los primeros se destaca, como es apenas lógico, el respeto por las normas que integran el ordenamiento jurídico, presentado como fiel reflejo de las dinámicas inherentes a una determinada sociedad, mediante consensos construidos por sus integrantes, con un alto grado de respeto por el disenso y las diferentes formas de concebir el orden social.
Pero al mismo tiempo se evalúan aquellos factores que afectan el sano desenvolvimiento y la evolución óptima del sistema y de sus instituciones. En este orden de ideas se considera que, entre varios factores cuyo irrespeto o simple ignorancia, atentan contra la evolución positiva de las instituciones, hay dos que definitivamente tienen que ser considerados y evaluados para medir los alcances institucionales propios al Estado de derecho: Se trata de la corrupción y de la falta de acceso a una justicia ágil y oportuna. No es posible concebir la plena realización de las instituciones y por consiguiente de la estructura y funcionamiento del sistema, cuando los índices positivos son superados por estos factores negativos, que buscan desconocer la esencia misma del modelo.
Tanto para la evaluación general, que abarca todas las denominadas democracias modernas, como para su extrapolación a los países latinoamericanos y del caribe, se tomaron en consideración 8 factores que se consideran cruciales como fuente de evaluación institucional. Dichos factores son: 1. Limitaciones al poder gubernamental, 2. Ausencia de corrupción, 3. Gobierno Abierto, es decir, pluralismo y oposición. 4. Defensa de los derechos fundamentales de los individuos, 5. Conservación y defensa del orden y la seguridad, 6. Cumplimiento de la normativa, de manera voluntaria o mediante las condiciones de exigibilidad acordadas por el grupo social. 7. funcionamiento adecuado y ágil, tanto de la justicia ordinaria, como de la justicia penal.
El análisis de estos 8 factores, debidamente escalafonados y ponderados como criterios óptimos para la defensa y el adecuado funcionamiento del Estado de derecho en el 2025, arrojó un ranking descendente, de manera que se califica con el número 1, al modelo más respetuoso de la institucionalidad propia del Estado de derecho, y se continúa de manera sucesiva y descendiente.
A nivel mundial se evaluaron 143 Estados de todos los continentes, quedando en el último lugar, por su negación sistemática y permanente de la normatividad y por ser un firme exponente de la personificación autoritaria del poder, la República Bolivariana de Venezuela. Colombia se ubica en el puesto 95, por causa de una serie de decisiones y ejecuciones contrarias a la esencia del Estado de derecho.
Tomando en consideración únicamente los 32 países Latinoamericanos y del Caribe analizados, el estudio destaca el siguiente escalafón: 1. Uruguay, 2. Costa Rica, 3 Barbados, 4. Chile... 13. Argentina, 14 Panamá..., 17 Brasil..., 21 Perú, 22 Colombia...32 Venezuela, en el último lugar.