Por Laureano Hernández Pardo
El Estatuto Tributario del Municipio de Sabaneta (Acuerdo Municipal 04 de 2014), establece 15 impuestos municipales, una tasa y tres contribuciones.
Este municipio del área metropolitana ubicado al sur de Medellín, es el más pequeño de Colombia, con un área de 15 km2 y una población estimada por el Dane (2020), de 87.981 habitantes. El municipio presenta dificultades para la movilidad, superpoblación, violencia intrafamiliar, consumo de sustancias sicoactivas, inseguridad y contaminación auditiva. Sin embargo, desde hace varios años tiene un creciente proceso de construcción de edificaciones especialmente de proyectos habitacionales de estrato 4, en copropiedades de 500 unidades con un promedio en alturas de hasta 30 pisos. El municipio no cuenta con espacio para el desarrollo de vías, zonas peatonales, parques, colegios, centros de salud, infraestructura para el deporte y la actividad física, entre otras; sin embargo, la construcción no se detiene.
El art. 109 del Estatuto Tributario del municipio define el Impuesto de Alumbrado Público como un servicio público “no domiciliario” consistente en la iluminación de vías y parques públicos y demás espacios de libre circulación. Cabe destacar que la tarifa del alumbrado público no incluye las copropiedades (conjuntos residenciales y/o comerciales) que agrupan una gran cantidad de predios.