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Por Edylce Restrepo Cadavid - opinion@elcolombiano.com.co
Se habla de la crisis financiera de las Empresas Promotoras de Salud (EPS), de la eventual quiebra de cuatro de las más grandes, y de la actitud del gobierno Petro ante esta amenaza para la atención en salud a millones de personas. Pero poco se menciona la responsabilidad que ahí tiene la rama judicial. ¿Y qué diablos tiene qué ver en esto la rama judicial?, preguntarán muchos. Pues resulta que en millones de sentencias de tutela, han sido los jueces de la República los que han desconfigurado el sistema general de seguridad social que fue estructurado en la ley 100 de 1993. Allí se establecía el deber, derivado del autocuidado y de la solidaridad, de cada usuario/afiliado al sistema de cubrir parte de los gastos derivados de su atención en salud. Los jueces eliminaron eso, en contravía de lo establecido en la propia ley. Jurisprudencia en contra de las normas.
Las EPS han revelado sentencias de tutela que les ordenan suministrar gratis todo tipo de medicamentos, o hasta gafas oscuras de determinadas marcas, inclusive autorizar operaciones que no están directamente relacionadas con el derecho a la vida. Sobre esto hubo en su momento pronunciamiento del entonces ministro de Salud, Alejandro Gaviria, quien planteó interrogantes sobre la disposición de los colombianos a financiar directamente parte del rubro de salud (Informe de gestión 2014-2018, punto 5.5., página 51).
Aparte de eso, la Corte Constitucional ordenó asimilar en todo los regímenes contributivo y subsidiado. En definitiva, que aquí los jueces eximieron a los usuarios de casi cualquier pago. Las EPS entonces tienen que cubrir gratis todo servicio y recobrárselo al Estado, que ya se sabe cómo hace las cosas cuando de honrar deudas se trata.