Las sociedades latinoamericanas se caracterizan por su heterogeneidad, su falta de coherencia y la errónea creencia que los problemas sociales se solucionan a través de reformas constitucionales. Cuando las llamadas sociedades del primer mundo construyeron sus Estados nación, la mayor parte de ellas se caracterizaban por una alta coherencia y relativa homogeneidad, así como un importante grado de articulación y una dinámica propia que les permitía solucionar sus problemas sin tener que acudir a elementos externos suministrados por el ordenamiento.
Por el contrario, cuando una sociedad como la nuestra, inicia o retoma un proceso constituyente, lo hace porque considera que a través de un texto constitucional nuevo o una reforma sustancial a las instituciones, va a solucionar los problemas que afectan la convivencia dentro de la organización social. Se trata de una dinámica que se repite cada vez con mayor frecuencia. Se cree y se confía que a través de un proceso de reforma constitucional, se obtendrán importantes cambios en el pensamiento y la conducta de los asociados. Por ello es común que todo nuevo texto constitucional goce de un importante apoyo ciudadano y un alto grado de legitimidad. Lamentablemente con el correr de los días, los problemas de la convivencia resurgen, los conflictos se avivan, las costumbres contrarias a la ética y el derecho renacen y nuevamente se considera que ello se debe a desajustes institucionales, argumento suficiente para tratar de iniciar un nuevo proceso constituyente con el que supuestamente se volverán a reconstruir las venas sociales y los canales de la convivencia. Es una práctica que se vive y repite, originando una gran incertidumbre institucional y un lógico desconcierto en la ciudadanía.
Por lo expuesto resulta verdaderamente absurdo que los llamados a defender la estabilidad y la institucionalidad, es decir, los jueces de las República, propongan a través de sus principales dignatarios, que se convoque una asamblea constituyente, con el argumento de que para recuperar el valor ético y social de la justicia es necesario que un órgano por fuera de las instituciones asuma la tarea de establecer una nueva normatividad superior.
Dos comentarios muy simples merece tan indebida propuesta: En primer término, no podemos seguir creyendo que los desajustes sociales y éticos de una comunidad se corrigen a través de reformas constitucionales. Son los hombres quienes determinan las normas, no las normas a los hombres. En segundo lugar, resulta por lo menos ilógico que quienes están llamados a defender el ser y esencia del Estado social de derecho, prefieran formular una propuesta orientada a desconocer las instituciones y propongan la convocatoria de un órgano por fuera de ellas. Un particular, un ciudadano cualquiera puede pensar en una constituyente, un órgano constituido no lo puede hacer, porque ello significa desconocer el significado y trascendencia de las instituciones de que forma parte. Quienes desde las instituciones formulan este tipo de llamados, deberían renunciar a su investidura, pues no se puede ser parte de una institucionalidad en la que no se cree.
*Expresidente del Consejo de Estado. Decano de la Escuela de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Pontificia Bolivariana.