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Este periódico ha sido objeto de un pronunciamiento de la Corte Constitucional, al revisar una acción de tutela presentada por una periodista que trabajó en nuestra empresa. Ella consideró que algunos de sus derechos fundamentales habían sido vulnerados durante el proceso de atención a su denuncia, derivada de un caso de delito sexual que, en calidad de víctima, puso en conocimiento de las instancias laborales internas y luego de la Fiscalía –que actualmente tramita un proceso penal–.
Tanto en primera y en segunda instancia, como al llegar a revisión en la Corte Constitucional, EL COLOMBIANO atendió los requerimientos de los jueces y presentó sus argumentos. En la decisión de tutela T-140 del 14 de mayo de 2021, dada a conocer por la Corte en sus redes sociales el pasado miércoles, la Sala Séptima de Revisión revocó las sentencias de primera y segunda instancia, que no habían concedido la tutela, y en su lugar amparó los derechos de la periodista.
Como ha sido nuestra decisión firme desde el inicio de este proceso, acataremos en todas sus partes la sentencia, en los plazos ordenados por la Sala de Revisión, y cumpliremos con las acciones internas que el fallo dispone.
Desde este espacio, en múltiples oportunidades, se ha hecho hincapié en el papel que ciudadanos, empresas y sociedad tenemos en el mantenimiento de la institucionalidad y en el respeto a las reglas del Estado de Derecho. Así lo haremos. Reiteramos ese compromiso.
Como empresa intervinimos en el trámite correspondiente ejerciendo nuestro derecho de defensa y rindiendo explicaciones. La Corte Constitucional consideró que nuestras actuaciones no fueron suficientes. No vamos a insistir en lo ya dicho en los expedientes, sino a iniciar de inmediato todos los ajustes requeridos, restablecer los derechos amparados a la periodista, y encarar, como empresa y como medio de comunicación las rutas que ya hemos recorrido y en lo sucesivo debemos optimizar para mantener espacios de trabajo y desempeño laboral libres de violencia, en especial para las mujeres en atención al enfoque diferencial de género cuyo sustrato filosófico y jurídico explica la Corte, los cuales asumimos.
Dice la providencia que “el Estado y los particulares tienen unas obligaciones claras de prevenir, investigar, juzgar y sancionar la violencia y/o discriminación por motivos de género, principalmente, en el campo del periodismo y los medios de comunicación”.
La decisión de tutela contiene órdenes específicas para esta empresa, y también pautas de aplicación general para el mundo laboral, que conciernen al Estado y sus autoridades, a las compañías, a las familias y, evidentemente, a los ciudadanos, tanto hombres como mujeres. En lo que este caso pueda servir de ejemplo, queda abierto a todos aquellos que compartan el objetivo de erradicar toda forma de violencia y discriminación contra la mujer. Lo cual no es potestativo: es imperativo, un deber legal pero ante todo ético.
En EL COLOMBIANO no somos ajenos a la deuda histórica que tiene la sociedad con las mujeres. Y como es nuestro deber, reiteramos nuestro compromiso para ser parte de la solución y seguir trabajando en un cambio cultural –desde nuestros contenidos y también al interior de nuestra organización– para identificar y sancionar conductas y creencias discriminatorias que por años se asumieron como normales y que propician la violencia de género.
Esperamos que este caso, de igual forma como lo asumiremos nosotros, sensibilice, inspire y deje aprendizajes a otras personas y empresas para el fortalecimiento de políticas de género en Colombia.
De igual forma, este es un mensaje y un compromiso conjunto, de y para los empleados de esta empresa, para las mujeres y los hombres que aquí laboran, para las periodistas que integran la nómina actual y la del futuro. Todos debemos ser garantes de estos principios, todos serán destinatarios de su aplicación.
A la periodista Vanesa Restrepo, nuestro profundo respeto personal y profesional. Con toda resolución acudió a los mecanismos legales e institucionales para ejercer sus derechos y solicitar legítimamente que le fueran tutelados. Por nuestra parte cuenta con el compromiso de reconocérselos en su integridad y de brindarle nuestra palabra, también, de resarcimiento moral