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El lunes a las 7:18 p.m., el alcalde anunció en Twitter un remezón en el gabinete y dio el nombre de la nueva persona al mando de EPM: Alejandro Calderón Chatet. Cerca de dos horas después, a las 9:14 p.m., la información fue subida, y publicada, en el portal de la @SFCsupervisor (Superintendencia Financiera).
El detalle no es menor porque el Decreto 151 de 2021 reglamenta lo relacionado con el régimen de revelación de información por parte de los emisores de valores, como es el caso de EPM. Es claro que dicho procedimiento debe surtirse antes de que sea publicado en redes sociales: “Artículo 5.2.4.3.2. Revelación de la información. Ningún emisor podrá divulgar a través de medios digitales o físicos que permitan el acceso a la información por parte del público o de sus inversionistas, información sobre situaciones objeto de información relevante, sin que previa o concomitantemente tal información se haya revelado al mercado por los mecanismos propios de divulgación de la información relevante”.
Nuestro llamado como veeduría ciudadana, una vez más, es a que se respeten las normas y las buenas prácticas. Más, cuando hablamos de una empresa vigilada y controlada por estar inscrita en el Registro Nacional de Valores y Emisores