El rumor de que el gobierno podría espiar e intervenir en los mensajes que son enviados por aplicaciones como WhatsApp y Telegram se regó como una cadena falsa.
Personajes como el senador David Luna y el exfiscal Néstor Humberto Martínez denunciaron que existía esa posibilidad y el Ejecutivo tuvo que salir a explicar de qué se trata el artículo denunciado que está incluido en el ya radicado Plan Nacional de Desarrollo (PND).
“El artículo 113 del proyecto de Plan Nacional de Desarrollo, viola gravemente la privacidad de los colombianos”, había sido la denuncia en redes del senador de Cambio Radical, David Luna.
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La denuncia del Congresita –que luego fue replicada por Néstor Humberto Martínez– hace referencia al artículo 125 del Plan Nacional de Desarrollo que faculta a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) para solicitar información a los proveedores de redes y servicios de comunicación.
En otras palabras, el artículo menciona que la CRC podrá solicitarle información a la televisión, la radio y proveedores de servicios en Internet como las plataformas de video y a las apps de mensajería instantánea (como WhatsAPP, Telegram, Instagram y Mesenger).
“Este artículo, obliga a las aplicaciones que operan en internet a entregar información PRIVADA de los usuarios (mensajes y llamadas) a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en caso de que la misma, lo solicite. Esto es GRAVÍSIMO”, denunció Luna.
Pues bien, desde el 2009 con la Ley 1341, la CRC ya tenía facultades para solicitar información a canales de comunicación (radio y televisión). La aparición de este artículo en el PND, mencionó la Comisión, será una actualización –con inclusión de los nuevos servicios– a la vieja ley.
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“En el articulado propuesto nunca se ha considerado la solicitud de información privada y sensible de los usuarios de las plataformas digitales. La iniciativa planteada propone únicamente una ampliación del alcance de la facultad dada a la CRC, a través de la Ley 1341 desde el año 2009”, detalló la Comisión en un comunicado.
La Comisión aseguró que la información que solicita a los operadores de las telecomunicaciones tiene que ver con cifras como suscriptores, ingresos, número de usuario, tráfico (cuántas llamadas se hacen, cuántos mensajes se envían y cuántos GB se consumen a través de estos servicios).
Con estos datos la Comisión toma decisiones frente a los servicios y mercados y, además, publica las estadísticas para la consulta de la ciudadanía. (Ver estadísticas aquí).
“La CRC, como Autoridad Regulatoria de los sectores TIC, Postal y Audiovisual en Colombia, respeta y hace respetar el derecho a la intimidad de los colombianos establecido en nuestra Constitución Política y continuará trabajando para garantizar la protección los derechos de los usuarios de los servicios de comunicaciones y las audiencias”, detalló la Comisión.