Al menos cuatro acciones jurídicas tienen disponibles los 26 presuntos responsables fiscales por los millonarios sobrecostos registrados en Hidroituango tras la emergencia de 2018. Al fallo, que declaró culpables en primera instancia a 17 personas naturales y 9 jurídicas, entre los que están dos exgobernadores de Antioquia, dos exgerentes de EPM y un exalcalde de Medellín, le falta trecho para quedar en firme.
En plata blanca, la Contraloría General de la República emitió fallo a título de culpa grave como consecuencia del daño al patrimonio del Estado producto de las mayores inversiones realizadas en el proyecto. A junio de 2019, estas excedían en un 115 % el valor inicialmente planeado. También se sumó el lucro cesante causado porque la hidroeléctrica no comenzó a generar energía en noviembre de 2018.
El detrimento, según el expediente, es de $4,3 billones, es decir, cuatro veces lo que costó construir el Túnel de Oriente o, mejor aún, lo que valdrían 12 metrocables.
Los primeros recursos de los implicados son ante la misma entidad, el primero de reposición, ante la Contraloría Delegada Intersectorial 9 (la misma que decidió esta primera instancia); y el segundo de apelación, que será resuelta por la Sala fiscal y sancionatoria de la Contraloría. Ambos deben ser interpuestos dentro de los cinco días siguientes a la notificación.
Según conoció EL COLOMBIANO, además de agotar estos mecanismos que trae previsto el proceso de responsabilidad fiscal, y de no ser favorables, algunos implicados tomarán el camino judicial, con una tutela o una acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Lo que alegarán en ese escenario es la vulneración del debido proceso, en cuanto a la observancia del derecho de defensa: a ser oído, a intervenir en el proceso y a controvertir pruebas.
“La acción de nulidad y restablecimiento del derecho es, en palabras sencillas, acudir ante el juez para que éste anule la decisión de la autoridad administrativa. Es un proceso largo, de dos instancias, que comienza en el tribunal y termina en el Consejo de Estado. En un escenario optimista, duraría cinco años”, explicó Ricardo Hoyos, expresidente del Consejo de Estado.
Con la presentación de la demanda, añadió, los implicados tienen la potestad de pedir la suspensión provisional de los efectos del auto, es decir, del fallo de la Contraloría.
Hablan los implicados
En la lista de los 26 declarados con responsabilidad fiscal figuran los exgobernadores de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero (2008-2011) y Sergio Fajardo Valderrama (2012-2015); los exgerentes de EPM, Federico Restrepo Posada (2008-2011) y Juan Esteban Calle Restrepo (2012-2015); y el exalcalde de Medellín, Alonso Salazar Jaramillo (2008-2011).
Fajardo dijo que la providencia era “un baldado de agua fría” y sostuvo que no se esconderá porque obró “con transparencia absoluta”. Acotó que “en cinco días deberemos procesar las 2.000 páginas del fallo para argumentar por qué no estamos de acuerdo”.
Ramos, que también usará “todos los recursos de ley”, se defendió diciendo que participó en la creación de la Sociedad, mas no en el desarrollo y ejecución del proyecto.
Restrepo Posada, hoy rector de la Universidad de Medellín, negó haber dejado su cargo tras conocer el fallo de la Contraloría y anunció que acudirá a “los recursos legales a los que tiene derecho”.
Asimismo, fueron responsabilizados los exmiembros de junta directiva Alejandro Granda Zapata, Álvaro Julián Villegas Moreno, Sergio Betancur Palacio, Ana Cristina Moreno Palacios, María Eugenia Ramos Villa y Rafael Nanclares Ospina; y los exgerentes del Idea, Álvaro Vásquez Osorio (2008-2010) e Iván Mauricio Pérez Salazar (2012-2015).
Figuran Jesús Aristizábal Guevara, exdirector de Energía EPM; Luis Guillermo Gómez Atehortúa, exgerente Hidroituango; John Alberto Maya Salazar, exgerente de Hidroituango; y Luis Javier Vélez Duque, exgerente de EPM-Ituango.
Entre las personas jurídicas halladas culpables aparecen las firmas que componen el consorcio constructor CCCI: Camargo Correa, Conconcreto, Coninsa Ramón H.; las firmas del consorcio interventor, Ingetec y Sedic; Integral, diseñador y asesor; y Sainc Ingenieros Constructores, del consorcio constructor de túneles.
De estas solo se pronunció Conconcreto y anunció que hará uso de los recursos “a la mayor brevedad”. Según la empresa, el proceso fiscal faltó al debido proceso: “Estamos evaluando alternativas que otorga la ley para restablecer nuestro derecho, ya que en este caso evidenciamos una violación”.
Fueron absueltos del proceso Aníbal Gaviria Correa (alcalde de Medellín 2012-2015) y Jorge Mario Pérez Gallón (miembro de la Junta Directiva y funcionario del Idea entre 2012 y 2015).
Las cartas de la Contraloría
El fundamento que dio origen a la causa fiscal radica, según la Contraloría, en una serie de hechos “sucesivos y concatenados” que pusieron en situación de vulnerabilidad el proyecto y que desencadenaron la emergencia de 2018.
Las conductas fueron imputadas, añadió el fallo, teniendo en cuenta el rol de cada uno de los intervinientes en la época en que desarrollaron su actividad, “encontrándose que existe un hilo conductor o una sucesión temporal que permite establecer la existencia del nexo causal”.
Al menos cinco hechos sustentan el caso:
1. El retraso en los diseños y la construcción de las vías de acceso, así como en los diseños de las obras principales, llevaron desde el principio a que se idearan e implementaran planes de aceleración y recuperación de tiempos.
2. Inclusión de salvedades en el contrato marco Boomt “que operaron en perjuicio del proyecto al convertir una típica obligación de resultado, como es la construcción de una obra, en una obligación de medio, aminorando de esta forma la responsabilidad de EPM, y que adicionalmente modificaron la distribución de riesgos del contrato en perjuicio de Hidroituango”.
3. Atraso en la suscripción del contrato de construcción de los túneles de desviación como consecuencia de “problemas de planeación que se manifestaron en decisiones administrativas y presupuestales inoportunas”.
4. Atrasos y defectos en la ejecución del contrato de los túneles de desviación suscrito con el consorcio Ctifs que supuso la implementación de planes de contingencia, recuperación de tiempos y aceleración, todo como consecuencia de “situaciones atribuibles al contratista, las cuales no fueron mitigadas a tiempo por EPM ni por Hidroituango desde su rol de vigilancia”.
5. Terminación de las obras de desviación por parte del consorcio CCI, lo que, aunado a problemas de planeación por la no contratación en tiempo de las compuertas para los túneles de desviación y la decisión de no ponerlas por falta de tiempo, “condujo a la construcción de obras que no se encontraban inicialmente planeadas, y específicamente de un túnel de desviación, el cual adoleció de defectos constructivos, como consecuencia de la falta de diligencia del contratista, así como de la ausencia de control y seguimiento del interventor”.
350
millones de dólares ha recibido EPM del seguro por la contingencia en la obra.