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Cómo verificar si una persona fallecida aparece en el censo electoral en Colombia

  • Fue habilitada una opción en la página web de la Registraduría. FOTO COLPRENSA
    Fue habilitada una opción en la página web de la Registraduría. FOTO COLPRENSA
29 de enero de 2022
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La Registraduría Nacional informó que hay una nueva sección en su página web para que los colombianos reporten si hay personas fallecidas entre las que se encuentran habilitadas para votar. Esto con el fin de hacer una verificación adicional al actual censo electoral.

“Al ingresar a la página web de la entidad www.registraduria.gov.co, encontrarán la pestaña ‘+Servicios’, allí el ciudadano deberá ingresar en la opción registro civil e identificación, luego en la opción ‘registro civil de defunción’. Una vez se abra la pestaña, el ciudadano deberá digitar el número de identificación que desea verificar”, expresó la entidad electoral.

Si la partida de defunción se inscribió correctamente, la cédula de una persona fallecida no debería aparecer en el sistema. Por esto, se podrá solicitar su nulidad ante la entidad electoral, presentando el certificado respectivo.

Además, la persona que solicite el retiro del documento del censo electoral deberá informar por qué no se había hecho el trámite, entre otros requerimientos.

Si fue una muerte violenta, se deberá presentar la autorización judicial, al igual que en los casos de muerte por desaparición que irían con la sentencia ejecutoria judicial de una notaría o registraduría. Adicional a esto, si la muerte ocurrió en el extranjero, se deberá legalizar o apostillar el documento que certifica el fallecimiento.

“En todos los casos, se debe anexar exclusivamente el registro civil de defunción al correo defuncionesdnrc@registraduria.gov.co, con el fin de comprobar la legalidad del documento y proceder a la cancelación de la cédula de ciudadanía de la persona fallecida. Pasados cinco días, el documento ya estará por fuera del archivo nacional de identificación y, a su vez, del censo electoral”.

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