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Caso de Yuliana: un triunfo de ley de feminicidio

La condena de 51 años de cárcel contra Rafael Uribe Noguera, lograda en tres meses, es un voto de confianza al sistema judicial para castigar estos hechos.

  • FOTO COLPRENSA
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30 de marzo de 2017
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Una condena casi perpetua no es suficiente para el arquitecto Rafael Uribe Noguera. A la Fiscalía no le bastaron los 51 años y 10 meses que deberá pasar este hombre en la cárcel por haber raptado, violado y asesinado a una niña de siete años, y buscará que sean 60 años, lo máximo que admite la ley colombiana.

La respuesta de la justicia al terrible hecho que sucedió en Bogotá el 4 de diciembre de 2016 (ver infografía) marcó un hito, pues la aplicación de la Ley Rosa Elvira Cely, que tipifica desde hace tres años el feminicidio como delito para garantizar la sanción e investigación de las violencias contra las mujeres, dio las armas para lograr este castigo ejemplar y con rapidez, cuando antes estos casos se dilataban en los estrados y terminaban con condenas que no reflejaban el contexto del delito.

Para el abogado penalista Jaime Lombana crear el feminicidio era necesario porque da mayor protección a la mujer que se vincule su condición de género como ingrediente de la ley penal. Lo que ocurre es que esta ley endurece las penas de los asesinos si se comprueba que el delito se dio por alguna de las razones que tipifica el feminicidio. Es decir, mientras que por un homicidio hay penas de 13 años en adelante, por feminicidio son de 20 años en adelante.

Además, en el caso de Yuliana, “el país ganó en la justicia pronta”, explicó Francisco Bernate, penalista y el jurista al que Francisco Uribe Noguera (hermano de Rafael) llamó el día del crimen: “Una condena en cuatro meses es sin lugar a dudas un triunfo que da confianza en la justicia”, aunque recalcó que la presión de los medios influyó.

Cifras, no son alentadoras

Desde que nació la Ley, en julio de 2015, la Fiscalía ha llevado ante estrados judiciales 345 denuncias por feminicidio. Y las estadísticas del Instituto de Medicina Legal hablan de 433 homicidios de mujeres por violencia de su pareja y 41 por violencia intrafamiliar en el mismo periodo.

Los números muestran que no todos los asesinatos de mujeres se pueden considerar feminicidios ¿cuándo lo son? si el crimen es motivado por ser mujer, por machismo o por abuso en una relación de pareja, entre otros (ver recuadro).

la Ley aún no es infalible en términos de aplicación y falta engranaje en las autoridades para conocer sus alcances. Sin embargo, el director de Medicina Legal, Carlos Eduardo Valdés, asegura que, de todas maneras, se ha ganado en la lucha contra la impunidad.

“Desde que empezamos a encontrar las diferencias del homicidio al feminicidio, logramos explicar y hacer mejores diagnósticos”, concluyó y admite no haber llegado al total entendimiento.

Panorama grave

“La violencia sexual hacia niños y niñas es hoy por hoy la mayor clase de violencia que tiene el país con dos agravantes: está en aumento y el subregistro es muy alto”, aseguró Valdés. Según el funcionario, más del 70 % de los casos de este tipo de violencia no se denuncian.

¿Por qué no? Afecta, según Medicina Legal, que el 90 % de los agresores son personas conocidas y los padrastros son los principales victimarios.

“Las agresiones se presentan más en horas de ocio, entre 5 y 8 de la noche, con mayor presencia los sábados y domingos”, concluyó antes de recalcar que eso implica que “los niños están expuestos cuando están con papá y mamá”.

A esto hay que añadir que los actos de violencia contra la mujer ocurren en cualquier parte. Las cifras del Instituto hablan de que el 52,2 % de los asesinatos de mujeres se dan en espacios públicos como calles, centros comerciales o sitios de rumba.

¿La pena pudo ser mayor?

Terminada la audiencia, en la que estuvo presente en forma virtual el asesino, la Fiscalía decidió apelar los 51 años y 10 meses de condena para perseguir la máxima pena, de 60 años.

“El caso Yuliana es una alerta y un reto para la justicia. Concurren todos los agravantes que permitían a nuestro juicio imponer la sanción máxima”, argumentó la vicefiscal General de la Nación, María Paulina Riveros.

Sin embargo, Bernate es enfático en que la condena estuvo ajustada porque, al no tener antecedentes penales, la ley no permite darle a Uribe Noguera la máxima pena.

Existen pocos casos de condenas máximas. El último conocido es el de Hernando Hernández, que asesinó a machete a su esposa, una sobrina y sus dos hijos en 2013. El juez le dio 60 años de cárcel en marzo de 2016, ya que primó la cantidad de personas, que las víctimas fueran familia y la manera como ocurrieron los asesinatos.

Espacios en blanco

Aunque los juristas coinciden en que es el caso Uribe Noguera da confianza, aún no está claro el panorama que determinó el asesinato de la niña.

En rueda de prensa, la Fiscalía afirmó que los únicos procesos que lleva son los de los hermanos del condenado, por su interferencia.

No obstante, el fallo habló textualmente de una “precisión de relojero” en la actuación de Uribe Noguera, lo que evidencia que estaba consciente de lo que hacía.

Tampoco hay certeza de por qué Uribe Noguera decidió raptar a la niña a plena luz del día, exponiéndose y si la eligió o no aleatoriamente.

Para Lombana, declararse culpable pudo servir para cerrar la puerta a nuevas investigaciones .

Infográfico
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