viernes
8 y 2
8 y 2
El de las sesiones virtuales del Congreso parece un debate de no acabar. Aunque al final del periodo legislativo parecía que iban viento en popa –se aprobaron 23 iniciativas en dos meses–, la Corte Constitucional abrió un nuevo frente a la forma en la que debe sesionar la corporación durante la pandemia.
En la tarde de ayer, el Alto Tribunal informó que tomó una decisión sobre las sesiones, mientras hace control constitucional a los decretos expedidos durante la emergencia. Con una votación de 5 a favor y 4 salvamentos de voto, que tumbaba el artículo 12 del decreto 491 de 2020, que tomó medidas para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas.
El pronunciamiento de la Corte fue conciso, en comparación con el revuelo que generó. Para contextualizar, el artículo 12 de ese decreto fue la forma en la que el Gobierno dijo que el Congreso y las demás corporaciones públicas, incluyendo concejos y asambleas, podían sesionar de manera virtual.
La Corte explicó que su decisión, la cual se refiere exclusivamente al trabajo del Congreso, no tiene un efecto retroactivo, es decir, que lo que se aprobó en el periodo pasado, como la cadena perpetua para violadores, seguía aprobado.
“La sentencia solo surte efectos hacia el futuro. En consecuencia se presume la regularidad de las decisiones del Congreso exclusivamente desde el aspecto de la virtualidad de las deliberaciones y sesiones de la Corporación”, manifestó el magistrado Alberto Rojas, presidente de la Corte Constitucional.
Adicionalmente, y para dar claridad, el magistrado Rojas indicó que el fallo “garantizó la plena autonomía del Congreso para determinar el ejercicio de sus competencias como cabeza de uno de los órganos del poder público”.
Fueron varios los congresistas que celebraron la decisión. Otros tantos criticaron lo que leyeron como una forma de no respetar la independencia de las ramas del poder, aseverando que, a pesar de lo dicho por Rojas, la Corte Constitucional no tiene injerencia sobre las decisiones que toma el Congreso para funcionar.
Para Jorge Robledo, del Polo Democrático, la Corte garantizó la autonomía del Congreso al evitar que el Ejecutivo, a través del mencionado decreto, tuviera una “intromisión indebida en la separación de poderes”.
Otro que aplaudió la medida fue Roy Barreras, de La U, quien escribió en su Twitter: “gran noticia para la democracia y el equilibrio de poderes. Gracias, Corte Constitucional. Era inaceptable que el Gobierno abriera peluquerías, iglesias, espectáculos y mantuviera con decreto ilegal y complicidad de muchos el Congreso anulado”.
Su copartidario Armando Benedetti se mostró crítico con el Alto Tribunal: “no me gusta que la Corte haya corrido la cerca. Ya lo había hecho el presidente diciéndonos cómo debíamos sesionar, y ahora la Corte nos dice que debe ser presencial”.
La senadora del Centro Democrático María del Rosario Guerra respaldó la autonomía del Congreso. “Las mesas directivas del Senado y la Cámara tienen potestad de convocar virtual o presencialmente, según consideren. Cualquiera de las opciones es válida y legal”, escribió en Twitter.
César Lorduy, representante de Cambio Radical, se unió a las voces críticas contra el tribunal, al considerar que “la Corte Constitucional que funciona y decide de manera remota, no podría decirle al Congreso que no puede hacerlo, y necesariamente deben ser presenciales sus sesiones, y significaría que la misma Corte estaría paralizando a una de las ramas del poder público”.
En la resolución que le dio pie a las sesiones virtuales, la Cámara se ampara en el argumento de que el Congreso tiene la potestad de decidir cómo funcionar “sin la intromisión ni la interferencia de ningún otro órgano”. Para el representante de Cambio Radical Carlos Cuenca, esto hace que el fallo de la Corte no influya en el poder para elegir cómo sesionar.
Analistas consultados por este medio señalaron que la sentencia sería una forma de reiterar la autonomía del legislativo. Por ejemplo, Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, explicó que “la Corte Constitucional ha tomado una decisión muy ajustada a la ley 5 de 1992, no obstante, la manera de como trabajan en el Congreso depende de los propios congresistas”.
Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista, también manifestó que era una medida acertada si se partía del argumento de que “el decreto no tiene relación directa con la crisis , por lo que el gobierno no podía tomar una decisión al respecto”. Eso sí, Charry hace la acotación de que si lo que busca el Alto Tribunal es prohibir las sesiones virtuales, no estaría bien pues “no tiene lógica mantener al Congreso inactivo o no permitir el uso de la tecnología en esta circunstancia de crisis”.
Adicionalmente, a la discusión, algunos expertos han manifestado una preocupación sobre el fallo: aunque la Corte dijo que tiene efecto a futuro, cabe la posibilidad de que las iniciativas aprobadas en el anterior periodo tengan vicios de forma y, por tanto, exista el riesgo de que se tumben.
Con ese panorama, entonces, el Congreso está a 10 días de una nueva legislatura, y con el país estando en el pico de contagio del covid-19, sin haber salido de un debate que ya se ha extendido durante meses.