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Consumo de licor y drogas en espacios públicos reabre el debate

  • Foto: Robinson Sáenz Vargas
    Foto: Robinson Sáenz Vargas
07 de junio de 2019
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En septiembre pasado, a la Corte Constitucional llegó una demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículo 33 y 140 de la ley 1801 de 2016 del Código de Policía Nacional, que establece la prohibición de consumo de alcohol o sustancias psicoactivas en espacio público, una normativa con la que el presidente Iván Duque pretendía acabar el consumo de droga en el territorio nacional y que en su momento fue criticado.

Lea el especial: Nuevas drogas en Medellín, cócteles de la muerte

De acuerdo con los demandantes, con esta normativa se vulneraba el derecho al libre desarrollo del ser humano, hipótesis que no fue descabellada para algunos magistrados del alto tribunal, quienes consideraron que se debían tumbar tales normativas. La magistrada ponente Diana Fajardo, consideró que no se puede mencionar que el consumo de dichas sustancias esté ligado con el comportamiento que tendrá una persona luego de consumirlas.

“La Corte encuentra que esta prohibición del Código Nacional de Policía no es razonable (...) invierte el principio de libertad e incluye en la prohibición casos para los que no es idóneo, puesto que no hay ni siquiera riesgo de que se afecte los bienes protegidos, porque existen otros medios de la policía para lograr los mismos fines”, argumentó la ponente.

Fajardo precisó que la prohibición no es razonable, dado que el fin que se busca con la norma es el cuidado del espacio público y en este caso ni siquiera se muestra por qué se considera que la acción correctiva se ajusta a la acción para alcanzar el fin buscado.

Así las cosas, y para entender un poco mejor la determinación, la magistrada explicó que el problema de la norma es sobreinclusiva, es decir, está diciendo que cualquier consumo de cualquier sustancia cualquier cantidad genera o daría lugar a una medida correctiva.

Lea: ¿Está de acuerdo con el decreto para decomisar incluso la dosis mínima?

“Entonces, por ejemplo, si una familia está teniendo un almuerzo campestre en un parque donde de pronto se toman una copa de vino o una cerveza, estaría ese comportamiento incurso en la medida y ese comportamiento no tiene la potencialidad de dañar el espacio público, ni siquiera de afectar las relaciones”, dijo.

A juicio de la magistrada, si alguna persona que consume una o dos cervezas y agrede a otra persona la policía puede intervenir, pero no por el hecho de que haya consumido sino porque está agrediendo a otro. “Lo que se está protegiendo aquí realmente es que hay alteraciones de la convivencia, pero lo que la Corte encuentra es que no necesariamente el consumo va a generar esa alteración”.

La determinación de la Corte se registró luego de estudiar una demanda que consideró que con esta normativa violan la Constitución Política al desconocer los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la expresión y al acceso al espacio público.

En su momento, la demandante dijo que “el cargo principal de la demanda consiste en que hay una vulneración de los derechos constitucionales previstos en la Constitución Nacional en los artículos 16, que prevé en libre desarrollo de la personalidad, 20 que contempla derecho fundamental a la libertad de expresión y 82 que dispone el derecho colectivo al uso común del espacio público”.

Duque critica la medida

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, aseguró que acata y respeta los fallos, pero insistió que no va a descansar en su intención de cerrar las ‘ollas’ de microtráfico y liberar los parques y entornos escolares de la droga.

“Vamos a enfrentar con toda la determinación el microtráfico en todos los rincones de este país, ese es mi compromiso con la legalidad”, manifestó el mandatario.

Duque resaltó que las medidas que se han tomado para acabar con este flagelo, como el decreto que incauta la dosis personal, se han tomado con la motivación en la defensa de la familia y de alejar a la juventud de ese mundo de las drogas.

Mencionó que en los 10 meses con ese decreto, “logramos liberar más de 11.000 parques y miles de entornos escolares porque nos duele esos niños en muchos hogares vulnerables de Colombia que caen en la drogadicción y que después no tenemos forma de sacarlos de allá”.

Alcaldes también en desacuerdo

Alcaldes de distintas ciudades del país manifestaron su rechazo a la decisión de la Corte Constitucional de volver a permitir el consumo de alcohol y la dosis mínima de marihuana en espacios públicos.

Enrique Peñalosa, de Bogotá; Federico Gutiérrez, de Medellín; Alejandro Car, de Barranquilla y Maurice Armitage, de Cali fueron algunos de los mandatarios que rechazaron el fallo del altro tribunal, que argumentó que su decisión estuvo basada en que a las personas se les debe garantizar el libre desarrollo de la personalidad.

El alcalde Peñalosa lanzó sus críticas a través de su cuenta de Twitter, diciendo que al menos mil homicidios cometidos en Bogotá cada año tienen motivaciones en consumo de alcohol y sustancias psicoactivas que llevan a riñas.

Para Maurice Armitage, la determinación significa un retroceso en las campañas de la Alcaldía para recuperación y protección de parques públicos de Cali.

Char y Gutiérrez hicieron pronunciamientos similares, en los que se declararon preocupados por la protección de los niños.

Por su parte, la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales, Asocapitales, emitió un comunicado sumándose a las críticas de los alcaldes y declarando que los artículos que la Corte Constitucional declaró inconstitucionales y que permiten el consumo “vulneran abiertamente el derecho que tienen los ciudadanos, y especialmente los menores de edad, de disfrutar un espacio público libre de drogas y alcohol.

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