Pico y Placa Medellín
viernes
7 y 9
7 y 9
La Corte Constitucional hizo un llamado a los jueces y a las autoridades encargadas de revisar las peticiones que pacientes hagan de morir dignamente, para que se verifique el cumplimiento de todos los requisitos necesarios y la seriedad de la petición.
Esto, porque la Corte ha sido clara que, para la aplicación de la eutanasia a un paciente, se debe tratar de un sujeto que padezca de una enfermedad terminal, tras un consentimiento informado del paciente, o de la familia cuando la persona está en la imposibilidad de hacer por sí misma esa manifestación.
La Corte hizo el pronunciamiento al estudiar el caso de un señor de 91 años de edad, físicamente sano, que pedía de manera casi desesperada, que se le pusiera fin a su vida.
Sin embargo, una inspección judicial de la Corte determinó que el señor vivía en condiciones dignas y no reunía los requisitos para acceder a la pretensión de morir dignamente y, además, ya no quería mantener dicha petición.
“El juez de tutela tiene un deber estricto de...