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El zarandeo a un bebé se constituye como delito en Colombia

Un fallo de la Corte Suprema declara que este tipo de agresiones son maltrato infantil y deben ser evitadas a toda costa, pues pueden ocasionar la muerte.

  • En Antioquia, 467 menores de edad tienen procesos abiertos por restablecimiento de derechos en Bienestar Familiar debido a distintas violencias que han sufrido, entre ellas golpes y maltratos psicológicos. A nivel nacional esa cifra asciende a 6.064. FOTO Getty
    En Antioquia, 467 menores de edad tienen procesos abiertos por restablecimiento de derechos en Bienestar Familiar debido a distintas violencias que han sufrido, entre ellas golpes y maltratos psicológicos. A nivel nacional esa cifra asciende a 6.064. FOTO Getty
31 de mayo de 2022
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La brusca sacudida que le propinó un abuelo a su nieta de nueve meses en Bogotá desembocó en la muerte de la bebé y en una sentencia en la que se declara que cualquier zarandeo a un menor constituye maltrato infantil, y por ende un delito.

Así lo concluyó la Sala Penal de la Corte Suprema al atender la historia de una familia que involucra a abuelo, hija y nieta, quienes en 2002 se alistaban para el almuerzo cuando Ingrid Solano –la hija– tuvo que salir a la tienda y dejar a su papá con la bebé, que se quedó llorando.

Estando en la terraza de la casa, para intentar calmarle el llanto, Nelson Solano –el abuelo– zarandeó fuertemente a su nieta a tal punto de dejarle morada la cara, en una agresión conocida por médicos como el síndrome del niño maltratado.

Al Ingrid volver de la calle, notó que su bebé no reaccionaba, por lo que se la llevaron al hospital San Pedro Claver, de Suba, donde el médico les dijo que estaba muerta. La Fiscalía tomó las riendas de este caso y el 4 de enero de 2002 abrió un proceso en contra de los dos mayores, pues eran los sindicados del homicidio de la menor.

Desde entonces, el expediente pasó por varias instancias que terminaron absolviendo a la mamá y condenando hace poco al abuelo a 12 años y seis meses de prisión por homicidio preterintensional.

La razón de la Corte fue que a pesar de que él no quería matarla, conscientemente sí hizo uso de su fuerza para “corregirla” y que así dejara de llorar. En otras palabras, según la abogada Margarita Useche, al sacudirla el abuelo sí tuvo un acto premeditado para afectar a la bebé, aunque su intención no fuera provocarle la muerte.

Frente a la sentencia, Useche –también docente– explicó que una de sus temas relevantes es que la Corte declara que un zarandeo es maltrato infantil, situación que cada vez más padecen los menores de edad en sitios cotidianos como parques y buses.

De hecho, aunque Medicina Legal no distingue entre los tipos de homicidio que hay, desde enero a abril de este año, 214 menores fueron víctimas de ese delito, siendo nueve de ellos aún bebés. Por eso, las autoridades insisten en que golpes y agresiones verbales no pueden camuflarse bajo creencias de que eso es aprendizaje, y para ello han hecho uso de campañas pedagógicas.

El panorama nacional

El maltrato infantil tanto a nivel nacional como departamental no cesa. Cifras entregadas por el ICBF a este diario indican que en Antioquia, a día de hoy, hay al menos 467 de estos procesos activos por restablecimiento de derechos, 167 de ellos por violencia física.

En el panorama nacional los números de violencia tampoco son los mejores, pues hay 6.064 procesos abiertos por violencia sexual, 701 por física y 385 por psicológica. Las cifras corresponden tanto a maltrato infantil –hasta los 13 años–, como a violencia en adolescentes, hasta los 17.

No obstante, estos datos no incluyen casos de violencia intrafamiliar, ya que el ICBF solo sigue los actos cometidos por terceros. Los de violencia intrafamiliar contra niños son de competencia de cada comisaría de familia. A pesar de ello, la abogada Useche enfatizó en que si una Comisaría o el ICBF conoce de un abuso que no sea de su competencia, de todas formas pueden recibirlo y remitírselo a la encargada.

La mentira del abuelo

Una vez Nelson Solano zarandeó a su nieta de nueve meses hasta causarle la muerte, la versión que sostuvo ante las autoridades fue la de que ella se le rodó en un descuido por las escalas. Tal situación fue desmentida por el dictamen de Medicina Legal, pues la necropsia arrojó una muerte violenta debido a síndrome del niño maltratado o zarandeado.

Quien lo certificó fue el médico Héctor Gómez. En su dictamen se lee que la bebé sufrió de hipoxia cerebral secundaria por hematoma subdural, edema cerebral y hemorragia subaracnoidea de tipo traumático por motivo del sacudón que le pegaron.

Pasaron los años y entre 2016 y 2017, un juzgado de Bogotá decidió absolver a Ingrid y archivar el caso en contra del abuelo. Ante la última decisión, la Fiscalía y la Procuraduría apelaron, cosa que llevó a que todo se resolviera en un tribunal.

Fue así como el 29 de junio de 2017, Nelson fue condenado a 25 años de cárcel por ser el responsable, a título de dolo, del delito de homicidio agravado. La defensa del abuelo contrarió esa sentencia criticando los argumentos médicos y jurídicos, por lo que el caso escaló hasta la Corte Suprema.

Estando allí, su Sala Penal ratificó que el abuelo sí es un homicida, pues las lesiones de la niña no correspondían con una caída, sino con una zarandeada. Sin embargo, decretó que no se trató de un homicidio con dolo sino de un acto preterintencional, pues su intención no fue matarla. De allí se desprende que le hubieran bajado la pena de 25 a 12 años y seis meses de prisión.

12
años y seis meses de prisión es la condena a Nelson Solano por el homicidio de su nieta.

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