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“No habrá cobros ocultos en la factura de servicios”: viceministro de Aguas

El viceministro de Aguas explicó decreto que amplía beneficio de plazos mensuales de las facturas de servicios sin interés para los estratos 3 y 4.

  • El viceministro de Agua, José Luis Acero, destacó que por primera vez los acueductos rurales serán beneficiados. FOTO Minvivienda
    El viceministro de Agua, José Luis Acero, destacó que por primera vez los acueductos rurales serán beneficiados. FOTO Minvivienda
23 de junio de 2020
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Tan pronto se publicó el Decreto 819 del 4 de junio de 2020, que extendió a más población la posibilidad de pagar las facturas de servicios públicos en 36 y 24 plazos mensuales, la incredulidad se evidenció en redes sociales.

¿Es verdad que la tasa de interés es del cero por ciento?, ¿y qué hago si la empresa prestadora no me aplica el beneficio? Éstas y otras preguntas fueron resueltas por el viceministro de Aguas, José Luis Acero, en conversación con EL COLOMBIANO.

El nuevo decreto incluye, por primera vez, un alivio a personas en estratos 3 y 4, ¿en qué consiste?

“Ese paquete de medidas pretende dos cosas: ampliar la vigencia de los beneficios, que ya se habían lanzado, y ampliar el universo de cobertura de usuarios. El pago de los servicios públicos a plazos para los estratos 1 y 2 se extiende, así que todas las facturas que se han emitido desde el 17 de marzo hasta el 31 de julio podrán diferirse si las familias no tienen cómo cancelarlas. Esto es, a 36 meses a una tasa de interés nominal de 0 %, lo que quiere decir que no se cobra ni siquiera el valor del dinero en el tiempo. Y para los estratos 3 y 4, que fue la ampliación del universo de usuarios, es en este caso para todas las facturas que se emitan desde el 6 de mayo hasta el 31 de julio, ¿por qué desde esa fecha? Porque la norma no podía ser retroactiva por temas jurídicos. Estas familias podrán pagar en un plazo de 24 meses, a una tasa de interés real de 0 %, solo se cobrará el aumento del Índice de Precios al Consumidor, simplemente para conservar el valor del dinero en el tiempo”.

¿El pequeño empresario también se beneficiará?

“Sí. Ampliamos el universo a usuarios industriales y comerciales, porque en épocas ya de reactivación económica, entendemos que las zapaterías, los restaurantes, las peluquerías, los hoteles han sufrido mucho y la idea es también apoyar las reactivaciones por sectores. Así que ellos también podrán acogerse al diferimiento de facturas, pues a pesar de que no haya consumos en muchos de estos locales, hay cargos fijos que hay que pagar. Ellos podrán diferir sus facturas con la misma característica de los estratos 3 y 4: 24 meses y tasa de interés real de 0 %”.

Profundicemos un poco en estas tasas de interés de 0 %. Muchas personas creen que tendrán que pagar algún cobro oculto.

“Absolutamente ninguno. Lo que hicimos en el Gobierno fue sacar esta línea de crédito de liquidez para los operadores de servicios públicos, a través de Findeter. Por norma de la Comisión Reguladora de Agua Potable se obliga a las empresas a trasladar la menor tasa que encuentren en el mercado a sus usuarios, entonces, a manera de ejemplo, una empresa prestadora emite 100 facturas pero solo pagan 50 usuarios, lo que debe hacer es pedir al Gobierno que le ayude a cubrir el valor de las 50 facturas que no le pagaron y obtener la liquidez necesaria. El Gobierno le presta a 36 meses a cero interés y él obligatoriamente tiene que trasladarle esa misma tasa y esas mismas condiciones a los usuarios. Entonces no hay ningún cobro, ellos tampoco pueden adicionar un cobro operativo y no hay intermediación financiera porque Findeter está actuando en este caso como banco de primer piso”.

En redes sociales se han conocido casos de personas que dicen que las empresas prestadoras les negaron el beneficio, ¿qué hacer?

“Todavía estamos en época de emergencia sanitaria y, mientras dure, no puede haber desconexión del servicio. Por eso las empresas no pueden negar el beneficio. Una familia que hoy tiene que pagar y no lo hace, queda con esos cobros diferidos a plazos. Ahora, si el usuario, por ejemplo, venía con una cartera acumulada, la empresa puede que le esté cobrando ese valor. Lo que no puede pasar es que los atrasos actuales vayan a cobrarse completos en las próximas facturas. Y si hay errores, para eso también está la Superintendencia de Servicios Públicos, que los revisará”.

Nuestros lectores también han preguntado por qué el Gobierno definió este mecanismo de plazos, pero no un nuevo subsidio

“En Colombia ya tenemos el sistema de subsidio cruzado, que es el método de estratificación y eso garantiza que en la estructura económica de los hogares del país haya asequibilidades. Los subsidios que hay son 70 %, 40 % y 15 % para estratos 1, 2 y 3; y ya el Gobierno los aumentó a 80 %, 50 % y 40 %. Por ejemplo, una familia en Bogotá, de estrato 1, después de subsidios paga unos 8.000 pesos al mes, y una familia de estrato 1 en otras ciudades pagaría en promedio 23.000 pesos. Si se acogen al pago diferido, van a ser 600 o 700 pesos más en su factura cada mes y consideramos que esto para una familia no es un monto significativo, pero para el gasto del Estado, estos dos billones de pesos destinados a la línea de crédito podrían haberse destinado para construir más hospitales, para habilitar más escuelas, para habilitar unidades de Cuidado Intensivo en esta época de pandemia. Entonces en este caso es tomar la decisión de dónde se ponen los recursos que son escasos. Y las familias bien pueden contribuir de esta forma”.

El decreto también estipula un beneficio nuevo para los acueductos rurales, ¿en qué consiste?

“Esta es la primera vez en la historia que el Gobierno nacional dispone un subsidio directo para los acueductos rurales. Esto lo veníamos pensando desde que lanzamos el programa Agua al Campo, ya hace más de año medio, en el que los principales protagonistas fueron los representantes de todos los acueductos rurales y allí lo que hicimos fue, por primera vez, entablar un diálogo directo con ellos en mesas mensuales. Colombia es un país ya urbano, el 78 % de la población está en ciudades, pero hay 22 % rural y las inversiones de mercado manejan esa misma proporción, sin embargo, en la ruralidad se ha destinado históricamente alrededor del 4 % de inversión pública. Aprovechando esta emergencia, lo que hicimos fue poder crear un subsidio directo, cerca de 12.400 pesos por usuario, y la idea es que vaya hasta el 31 de diciembre de este año. En este caso, durante la emergencia, queremos que se replique la medida que habíamos tenido para los sectores urbanos. Quiere decir que los acueductos rurales deben transferir este beneficio al pago de las cuotas mensuales de los usuarios”.

¿Qué requisito hay para poder acceder al subsidio?

“Los acueductos rurales deben registrarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos para que esa entidad pueda vigilar que sí se aplique el beneficio a los usuarios. Es el único requisito y es una especie de primer paso en la formalización”.

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