Con el espaldarazo que la Corte Constitucional le dio ayer al exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, al concederle el derecho fundamental a impugnar su sentencia condenatoria, se abrió la posibilidad para que los 39 aforados condenados por la Corte Suprema de Justicia en única instancia entre enero de 2014 y enero de 2018, impugnen las suyas.
Es tan importante esta decisión, que la Corte Suprema de Justicia, responsabilizó a la Constitucional “del impacto de las insospechadas consecuencias para Estado de derecho de esta decisión particular”.
Así las cosas, la Sala de Casación Penal de la CSJ deberá proceder con la impugnación con una sala conformada por magistrados que no se hayan pronunciado antes sobre este caso, por lo que aquellos que lo condenaron no podrán conocer de este recurso.
“Cuando se habla de la doble conformidad en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya decisión es la que genera un estándar regional que ingresó a nuestro bloque de constitucionalidad (caso Liakat Ali Alibux vs. Surinam), se estableció que estos recursos deben quedar en manos de jueces que tengan la posibilidad de revocar la sentencia. Así que pueden ser magistrados pares o incluso conjueces, pero no los mismos ni subordinados”, explicó el magistrado Alberto Rojas, presidente de la Corte Constitucional.
Un providencia única
“El tutelante no recobrará la libertad con ocasión de esta decisión, pues la impugnación será devolutiva, lo que quiere decir que la sentencia condenatoria seguirá surtiendo sus efectos hasta tanto se resuelva la impugnación que él proponga”, anotó el magistrado Rojas.
Esta fue una fórmula propuesta por el constitucionalista Rodrigo Uprimny, quien había advertido la necesidad de reconocer el derecho fundamental a la doble instancia, no solo para Arias sino para todos los ciudadanos, pero que, en vista del boquete que se podía abrir en la justicia ordinaria, identificó en la impugnación de doble conformidad una estrategia para que el mecanismo no tuviera efectos suspensivos sino que la condena se entendiera ejecutoriada hasta que el juez que revisa la sentencia tome una decisión; detalle con el que no contaban los apoderados de Arias.
El abogado Marcel Tangarife advirtió que “una sentencia penal condenatoria que no ha sido impugnada y que se somete a revisión no ha hecho tránsito a cosa juzgada, así que no está en firme. Eso se tendrá que tener en consideración en el caso de Arias”.
Pero el abogado Víctor Mosquera, quien también representó al exministro en instancias internacionales, aseguró que Arias no tiene ningún interés en pedir su libertad, sino en demostrar su inocencia ante un juez imparcial, por lo que celebró la decisión de los togados como “un gran logro para los Derechos Humanos”.
No habrá prescripción
Los magistrados del Alto Tribunal aclararon que su decisión “no permite la aplicación de figuras tales como la prescripción de términos de la acción penal, ni ninguna otra derivada del transcurso del tiempo”.
Justo una de las preocupaciones que había expresado el vocero de la Sala Penal de la Corte Suprema, magistrado Luis Antonio Hernández, quien temía que tras la impugnación los casos fueran archivados por preclusión.
Aunque este fallo es interpartes, lo que quiere decir que solo afecta a quien interpuso la tutela, en este caso Arias, los otros ciudadanos que cumplen los mismos requisitos podrán pedir su impugnación ante la Sala de Casación o acudir vía tutela: aforados condenados por la Corte Suprema en única instancia entre enero de 2014 y enero de 2018 que estén privados de la libertad.
En ese periodo fueron condenados entre otros el excongresista Iván Moreno, hermano del exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno; el exministro de la Protección, Diego Palacios; el exministro del Interior, Sabas Pretelt; la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado y el secretario de la Presidencia, Alberto Velásquez, entre otros.
El constitucionalista David Suárez, docente de Eafit, recordó que nada tiene que ver el derecho a la impugnación con el sentido del fallo condenatorio: “esta decisión de ninguna manera quiere decir que Arias sea inocente”.