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Juez ordena aplicar segunda dosis de vacunas Pfizer a los 21 días

  • Un juzgado de Cartagena obligó a una EPS a aplicarle la segunda dosis de vacuna Pfizer a un ciudadano antes de los 90 días, que fue el nuevo plazo establecido por el Ministerio de Salud para este biológico. FOTO COLPRENSA
    Un juzgado de Cartagena obligó a una EPS a aplicarle la segunda dosis de vacuna Pfizer a un ciudadano antes de los 90 días, que fue el nuevo plazo establecido por el Ministerio de Salud para este biológico. FOTO COLPRENSA
14 de julio de 2021
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Tras estudiar una tutela impuesta por el ciudadano Ernesto Camilo Brugés López, quien pedía que se cumpliera con el cronograma de vacunación presentado inicialmente por el gobierno, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cartagena le ordenó al Ministerio de Salud y a la Nueva EPS aplicarle la segunda dosis de la vacuna Pfizer, en un término de 48 horas.

El juzgado consideró que el aplazamiento impuesto por el Ministerio de Salud para realizar la segunda dosis a los tres meses (a menores de 50 años), no tiene los soportes suficientes desde el punto de vista científico, por lo que protegió los derechos del ciudadano que impuso la tutela.

De hecho, la Compañía Pfizer S.A. Colombia manifestó hace unos días que “no se han realizado estudios de eficacia de la Vacuna Pfizer, en intervalos mayores a 21 días, por tal motivo afirmar que la segunda dosis de la requerida vacuna puede ser aplicada en un intervalo de 0 a 90 días, carece de fundamento científico alguno”.

En el fallo se explica que el ciudadano sufre de discapacidad visual, está casado con una persona que solo tiene un pulmón y que sus hijos son gemelos prematuros, por lo que el hombre está en riesgo.

El juez asegura que le solicitó al Ministerio de Salud rendir un informe detallado de los hechos y anexar la documentación pertinente para probar científicamente porqué se extendía la aplicación de la segunda dosis, por lo que la cartera explicó que la vacuna no pierde su efectividad con la extensión, respaldando su postura con un concepto emitido por la Universidad de Cartagena, en el que señalan que retrasar la segunda dosis, “podría resultar en hasta un 20 % menos de mortalidad para tasas de vacunación”.

No obstante, el juzgado no se encontró satisfecho con el informe y consideró que el Ministerio de Salud no aportó los soportes científicos suficientes para este caso en puntual, por lo que se vulneró el derecho a la salud y la vida del ciudadano, además de intervenir en la posibilidad de un reintegro al ámbito laboral.

No se conoce la fecha de notificación por parte del Ministerio de Salud y de la Nueva EPS, y se espera que el Ministerio impugne esta decisión dentro de los plazos legales correspondientes.

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