Teniendo en cuenta los factores que rodearon la serie de Copa Davis entre Chile y Colombia y el mal estado de la cancha, la Federación Internacional de Tenis decidió exonerar de sanción al jugador colombiano Santiago Giraldo.
La decisión se produce tras darle la razón al tenista nacional quien se retiró del partido ante su similar, el austral Gonzalo Lama, afirmando que el mal estado de la cancha ponía en riesgo su integridad física. Argumento al cual la Federación Internacional le dio la razón, y procedió a habilitarlo para representar al país en la próxima eliminatoria ante República Dominicana.
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El reglamento de Copa Davis 2016 establece que: “Todo jugador nominado para un partido de una eliminatoria debe comenzar y completar dicho partido, a menos que esté incapacitado por enfermedad, accidente u otro impedimento inevitable”, y añade que “el jugador que infrinja esta sección no será elegible para representar a su Nación en la próxima eliminatoria”.
La decisión coincide con la posición tomada por la Federación Colombiana de Tenis que por unanimidad respaldó a Giraldo y se abstuvo de abrir una investigación disciplinaria en su contra. La instancia nacional consideró que un jugador profesional está en su derecho de no continuar disputando un partido en condiciones de alta peligrosidad para su integridad física”.
Como consecuencia de la demanda presentada por Fedecoltenis; la Federación de Tenis de Chile recibió una millonaria sanción por parte de la ITF.
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En este caso se habló de una manifiesta violación del artículo 40 del Reglamento según el cual el equipo anfitrión (Chile) debía tener la cancha de juego en óptimas condiciones y por lo menos, cuatro días antes del inicio de la competición.
El Comité de Copa Davis de la Federación Internacional de Tenis (ITF) decidió sancionar con una suma cercana a 165 millones de pesos (55 mil dólares) a la Federación de Tenis de Chile por las irregularidades cometidas durante el encuentro entre Chile y Colombia disputado en julio de 2016 en Iquique (Chile).
La sanción corresponde a 45 millones de pesos por concepto de penalización y a 120 millones de pesos por retención parcial del bono o premio correspondiente a la confrontación entre Chile y Colombia.
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