x

Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

0 y 6

Pico y Placa Medellín

jueves

1 y 7 

1 y 7

Pico y Placa Medellín

miercoles

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

martes

2 y 8  

2 y 8

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

3 y 4  

3 y 4

language COL arrow_drop_down

Consejo de Estado suspendió adjudicación del tercer canal

22 de julio de 2010
bookmark

El Consejo de Estado de Colombia ordenó este jueves suspender provisionalmente la licitación del tercer canal de televisión privada con el argumento de que no es posible aceptar un solo oferente en este proceso.

Con ponencia del magistrado Mauricio Fajardo, vicepresidente del Consejo de Estado, esa corporación decidió suspender de manera provisional el numeral del pliego de condiciones de la licitación pública 002 de 2010 de la Comisión Nacional de Televisión que abría la posibilidad de entregar a un solo oferente la operación de un tercer canal privado de televisión en Colombia.

En una decisión de 29 páginas conocida por Colprensa, el Consejo de Estado admitió la demanda instaurada por Jaime Ómar Jaramillo, quien reclamó la suspensión provisional de los actos demandados al considerar que la posibilidad de realizar una subasta con un solo oferente vulnera la ley.

En su demanda el ciudadano hizo referencia a los conceptos emitidos por la Sala de Consulta del Consejo de Estado tras la consulta del Ministerio de Tecnologías de la Información y de Comunicaciones, en los que se hizo referencia a la necesidad de que exista pluralidad de oferentes para la adjudicación del tercer canal de televisión. En se sentido, el demandante solicitó tenerlos en cuenta a la hora de decidir la medida cautelar solicitada.

Aunque el Consejo de Estado no se comprometió con dar una opinión tajante sobre la conducta que ante su decisión debe asumir la Cntv, sí advirtió que “las decisiones judiciales son para cumplirlas”, en palabras del magistrado Fajardo, quien además insistió en que esta decisión, tomada en la noche de este miércoles, hace referencia a una suspensión provisional, mientras se adopta un fallo definitivo acerca de la referida demanda al proceso de entrega del tercer canal.

“Cabe precisar que la subasta no es un mecanismo de adjudicación obligatorio para estos casos, pues como lo explicó la sala de consulta y servicio civil y como se advierte el contenido del Artículo 72 de la Ley 1341 de 2009, la administración está obligada a aplicar un procedimiento de selección objetivo dentro de los cuales puede elegir la subasta, sin que su elección resulte imperativa (en este caso para la adjudicación de la concesión del tercer canal)”, dice una sentencia del mismo Consejo de Estado a la que se remitió la ponencia del magistrado Fajardo, al admitir la demanda.

“Si la entidad pública opta por la aplicación de la subasta como mecanismo de selección, por su propia voluntad, resulta claro que tendrá que sujetarse a las disposiciones especiales que regulan para estos casos la figura que por su propia naturaleza exige la pluralidad de oferentes”, agrega el mencionado documento.

De esta manera el Consejo de Estado le sale al paso al proceso de entrega en concesión del tercer canal privado de televisión, que estaba dispuesta para el próximo martes 27 de julio, siendo el único de los proponentes que seguían en carrera el Consorcio Canal Tres Televisión de Colombia, cuya mayoría accionaria es del grupo empresarial Planeta.

Los otros consorcios que han participado en el proceso se habían apartado de él por discrepar de algunas decisiones tomadas por la Cntv, la última de ellas, la negativa de extender el plazo para la presentación de ofertas mientras se estudiaban las condiciones de composición accionaria de los grupos interesados. Dichos consorcios son Pacsa, en su mayor parte integrado por el grupo empresarial Prisa, e Inversiones Rendiles, cuya mayoría es del grupo Cisneros.

Las razones
“La Sección Tercera encontró que esa previsión del pliego de condiciones era contraria a la ley y que había lugar a suspenderla provisionalmente”, señaló Mauricio Fajardo, vicepresidente del Consejo de Estado y ponente de la decisión, quien agregó que “si la decisión de suspender queda en firme, la Cntv no podría aplicar lo dispuesto en el numeral que autoriza y contempla la posibilidad de que se le adjudique el tercer canal a un solo proponente, si en la licitación no había más, como en efecto ha ocurrido”.

El Magistrado señaló que esta decisión obedece al hecho de que la Cntv tenía la posibilidad de adoptar diversas modalidades para la licitación, pero optó por la subasta: “La naturaleza de la subasta supone que haya puja, que haya competencia lo cual exige pluralidad de oferentes”, manifestó Fajardo, y agregó que “a la luz de las normas vigentes, no resulta posible que el pliego de condiciones autorice y contemple la adjudicación a un solo proponente bajo la modalidad de subasta”.

Antecedentes
Al tomar la decisión, el alto tribunal tuvo en cuenta lo dispuesto por la Sala de Consulta y Servicio Civil de esa Corporación, que mediante un concepto se pronunció igualmente acerca del carácter facultativo u obligatorio de la subasta, con la aclaración de que en ese momento no resultaba aplicable la Ley 1341 de 2009. Con base en este criterio sugirió la revisión del pliego de condiciones, para adecuarlo a tales disposiciones legales.

El alto tribunal indicó que “la operación y explotación del servicio público de televisión y el uso del espacio electromagnético requiere de una concesión estatal a través de la licitación pública, la cual se podrá adjudicar a través de cualquiera de los mecanismos previstos, entre ellos la subasta; en relación con la aplicación y efectos previstos en el Artículo 72 de la Ley 1341 de 2009, el cual consagra la subasta”.

Te puede interesar

¿Buscando trabajo?
Crea y registra tu hoja de vida.

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD