Aunque en el Ministerio de la Protección Social, cursa trámite una solicitud de convocatoria de Tribunal de Arbitramento, EPM y el Sindicato de Trabajadores (Sintraemsdes), se volverán a reunir mañana para buscar un acuerdo laboral.
Fuentes de EPM explicaron que tras el fracaso a principios de año de la negociación para una nueva convención colectiva, se rompió la comunicación con la organización de los trabajadores y se solicitó la convocatoria del Tribunal, que no ha sido resuelta por el Ministerio de la Protección Social.
Ayer, durante una actividad en la que se presentaron los logros en Cultura Empresarial en el Teatro Metropolitano, por parte de EPM, representantes del sindicato pidieron un espacio para hablar del conflicto laboral, lo que sirvió para concretar la reunión de este miércoles, en EPM (a las dos de la tarde).
El pliego de peticiones de Sintraemsdes contiene aspiraciones como una vigencia convencional de un año y un aumento del salario básico del 12 por ciento para todo el personal.
La organización sindical, que reúne a 3.560 trabajadores, también pide la afiliación del personal que no se encuentra inscrito y sus beneficiarios, a la IPS interna en la empresa y que la misma EPM asuma el costo de los tratamientos y de los medicamentos no contemplados en el POS.
Arbitramento para Une
Desde el 15 de marzo, el viceministro de Relaciones Laborales, Ricardo Andrés Echeverri López, ordenó la constitución de un Tribunal de Arbitramento para que estudie y decida el conflicto colectivo de trabajo en Une EPM Telecomunicaciones.
El sindicato no se ha notificado de la resolución, pese a que fue citado por el despacho oficial y no ha designado el árbitro, que lo represente.
En consonancia con las solicitudes hechas por el sindicato a EPM, los trabajadores sindicalizados de Une también exigieron la firma de la convención colectiva por un año y un aumento salarial del 12 por ciento, para sus 1.539 asociados, beneficio que se extendería a los 2.400 trabajadores de la empresa.
La empresa propone una vigencia de 5 años para la convención colectiva y aumentos salariales equivalentes al Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un punto porcentual por cada año de vigencia del acuerdo.
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