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Este lunes la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que, a partir de técnicas de analíticas aplicadas en los procesos de fiscalización, declararon 506 empresas a nivel nacional como proveedores ficticios por venta de facturas que corresponden a operaciones simuladas, por lo cual se iniciaron acciones penales ante la Fiscalía General de la Nación.
Las denuncias penales, explicó la Dian, se instauraron además contra los compradores de costos y gastos simulados, que con esta práctica buscan disminuir sus impuestos sobre la renta y complementarios e impuesto al valor agregado (IVA). Esto último no solo constituye evasión, sino que se estaría incurriendo en peculado.
“La Dian, en desarrollo de las acciones de control dentro del Plan de Choque contra la Evasión del Contrabando y el Fraude Fiscal, ha descubierto empresas que se constituyeron de forma ficticia, con el único fin de vender facturas apócrifas”, expresó Héctor Rueda Torres, experto en Fiscalización Tributaria de la Dian.
Rueda también explicó que algunas de estas empresas fueron creadas por contadores públicos y entre los principales compradores de las facturas falsas se encuentran los del sector de la construcción, ventas de materiales de construcción, textiles y demás.
Procesos de investigación
Según la Dian, tan solo en Bogotá fueron 850 las sociedades que no atendieron en su momento el llamado de la administración tributaria en el sentido de subsanar voluntariamente esas irregularidades, por lo que se les inició proceso de investigación y determinación de impuestos, con el fin de recuperar los tributos defraudados a la Nación, situación que se convierte, según explicó la entidad, en un agravante para estas frente a la Fiscalía, pues en su afán de sostener las operaciones simuladas terminan incurriendo en otros delitos.
La entidad también recordó que la compra y venta de costos inexistentes constituye una conducta que puede verse incursa en delitos consagrados en el Código Penal, el cual establece como delito no consignar las sumas recaudadas por impuesto a las ventas, inclusión de pasivos inexistentes, defraudación o evasión tributaria; así como delitos de falsedad, enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
Finalmente, el llamado que hizo Lisandro Junco, director general de la Dian, es a que los contribuyentes que han incurrido en este tipo de conductas procedan a corregir en forma inmediata sus declaraciones, liquidando el impuesto real a cargo con sus sanciones respectivas, antes de que se inicien los procesos tributarios y las acciones penales correspondientes .