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Aunque la ley plantee lo contrario, ser gestor de paz tiene asegurada una cierta impunidad en nombre de hacer gestiones importantes para la paz nacional.
Por Rafael Pardo - opinion@elcolombiano.com.co
Dentro la variedad de figuras relacionadas con la Paz Total, hay tres: gestores o promotores de paz, facilitadores y voceros. Los gestores son la más antigua figura, está en la Ley 975 de 2005 y más recientemente en el decreto 1175 de 2016.
Son gestores de paz por ejemplo, algunos miembros o exmiembros del ELN como alias Felipe Torres, alias Francisco Galán y Juan Carlos Cuéllar. Me pregunto si a los miembros del ELN teniendo la calidad de gestores de paz, les han continuado sus procesos judiciales. Pues ser objeto de esa figura “no suspende o pone fin los procesos judiciales y los gestores tendrán que responder a las autoridades competentes en la caso del ser requerido.” (Ley 975 de 2005)
En esa lista de gestores, además de los anteriores, aparecen también: alias Karina, Rodrigo Granda, a quien le fue revocada, y Yesid Arteta, entre otros muchos y muchas.
Aunque la ley plantee lo contrario, ser gestor de paz tiene asegurada una cierta impunidad en nombre de hacer gestiones importantes para la paz nacional.
El anuncio del gobierno sobre la designación como gestor de paz de Salvatore Mancuso es sin duda polémico.
Vamos por partes. Primero, hay que establecer si cumple las condiciones de la ley que dice que se restringe a pertenecientes a Grupos Armados Organizados al margen de la ley. La pregunta es si las Autodefensas Unidas de Colombia existen o no aún. Si la respuesta de las autoridades es negativa, se aplica el artículo de la ley que reconoce también a exmiembros, y entonces sí cumpliría la condición para ser gestor.
Segundo, qué tareas tiene? Gestionar acuerdos humanitarios mientras tienen contacto con el respectivo Gaoml. (Grupo Armado Organizado al margen de la Ley).
Es posible que Mancuso hable con las autodefensas de la Sierra Nevada o con algún grupo paramilitar similar y pueda hacer un acuerdo humanitario que dé respiro a las comunidades. Desde ese punto de vista, su designación tiene valor. Pero habrá que vigilar que ese sea el propósito.
El caso de “Gafas”, conocido por ser el carcelero de las Farc durante la Operación Jaque, es distinto. Tiene vinculación con el Estado Mayor Central. Está preso. Pero sus funciones no corresponden a lo establecido en la ley. Su función debería ser negociador y no gestor. Pero habrá que establecer qué dirá en la citación ante la JEP para que explique si retomó las armas después de acogerse al proceso de paz.
Debería la oficina de Alto Comisionado de Paz divulgar la lista completa de quienes hayan desempeñado el carácter de gestor desde que está vigente la ley y sus resultados. Entre otras cosas para que la sociedad pueda tener claridad sobre el papel de los gestores y ver si han cumplido con lo que señala la ley. .