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¿En qué consiste el principio de la perpetuatio jurisdictionis? También conocido como principio de inmutabilidad de la competencia, garantiza la permanencia de la competencia judicial en cabeza de cierto juez o tribunal que ya la había asumido, que había iniciado formalmente el proceso y que había ordenado o practicado pruebas y adoptado decisiones. Ello, para garantizar a las partes el debido proceso, la economía procesal y la seguridad jurídica. En su desarrollo, la competencia se mantiene hasta la terminación del proceso, pues una vez aprehendida, no debe ser modificada.
Igualmente, este principio tiene indudable importancia en guarda de la imparcialidad judicial, en cuanto evita que las personas, ya en curso el proceso, busquen mecanismos orientados a escoger el juez de sus preferencias.
Este principio ha sido aceptado y aplicado por las altas corporaciones judiciales colombianas. Así, la Corte Constitucional lo aplicó en 1998. El Consejo de Estado (Auto 16/11/18), lo entendió como “garantía de inmodificabilidad de la competencia judicial, en virtud del principio del debido proceso (...) obliga a las autoridades judiciales a continuar con el trámite de los expedientes que se encuentran en su despacho, desde la admisión de la demanda y hasta la culminación de los mismos”.