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Tres senadores y nueve representantes a la Cámara del Centro Democrático, más otro representante de Colombia Justa Libres, acaban de presentar a consideración del Congreso, para su debate –si es que no lo retiran antes de comenzar el trámite legislativo– un proyecto de ley “por medio de la cual se fortalece el monopolio del Estado sobre las armas, se regula el porte y la tenencia de armas de uso civil y se dictan otras disposiciones”.
Aunque se ha armado cierto revuelo por la iniciativa, la polémica radica más en las declaraciones de prensa de sus dos principales promotores –la senadora María Fernanda Cabal, adicta a levantar polvareda mediática, y el representante Christian Munir Garcés– en las que prácticamente han dado a entender que su iniciativa apunta a una autorización generalizada para el uso (tenencia y porte) de armas para efectos de la legítima defensa ante el descontrolado ataque de la delincuencia contra ciudadanos de toda condición.
El Gobierno del presidente Duque ya dijo inequívocamente que no apoya esa iniciativa. Y el jefe del Centro Democrático, el expresidente Álvaro Uribe, reconoció ayer que “es un tema muy delicado”, añadiendo que “no pidamos generalización de porte de armas”. Fue su respuesta al consejero presidencial para la Seguridad Nacional, Rafael Guarín, quien se adelantó a precisar que “el camino no es armar a los colombianos, ni promover la compra, ni el porte de armas”, y que tener armas “no debe ser un derecho”, sino una excepción.
Realmente en la Exposición de Motivos del proyecto de ley se hace mención específicamente a la jurisprudencia tanto de la Corte Suprema de Justicia en materia de legítima defensa, como la de la Corte Constitucional en la de los permisos para tenencia y porte de armas por parte de los ciudadanos, como situación de excepción y sujeta a estricta reglamentación estatal.
Como parlamentarios que son, elegidos además por voto popular, los autores y promotores de esta propuesta tienen iniciativa legislativa constitucional y, en esa medida, están legitimados para presentar proyectos de ley para su debate. Y tienen derecho a manifestar libremente sus puntos de vista sobre lo que, a su particular saber y entender, serían soluciones para la inseguridad que azota a muchos ciudadanos. También, por supuesto, deben estar dispuestos a recibir y tolerar opiniones, críticas u oposición a sus propuestas y posiciones ideológicas.
Valdría la pena no dejarse llevar por la mescolanza conceptual entre legítima defensa y libre tenencia o porte de armas. La figura de la legítima defensa está contemplada en la ley y no solo debe mantenerse, sino protegerse y fortalecerse. Su nombre lleva incluida la base para preservarla: ha de ser legítima. Es la respuesta a una agresión actual o potencial que una persona no tiene porqué sufrir pasivamente. Es la defensa, protegida por la ley, a un derecho propio o ajeno, normalmente el derecho a la vida. Quienes dicen que aquel que repele un robo o un atraco pone el patrimonio económico por encima de la integridad física del ladrón, se equivocan: lo que se defiende allí es la propia vida, la misma que el delincuente no tiene el más mínimo reparo en acabar si no se accede a sus pretensiones ilegales.
Los delincuentes nunca han requerido permisos para portar y usar sus armas. La reglamentación legal les es por completo indiferente, incluso risible. Eso no quita que el Estado es quien debe mantener su competencia para reglamentar la tenencia, porte y uso de las armas. Lo que debe hacer es cumplir su deber: desarmar a quienes nada legal van a hacer con ellas y proteger íntegramente a los ciudadanos. No es propio de una sociedad avanzanda desinstitucionalizar la autoridad y nada parece indicar que sea conveniente una autorización flexible para que más ciudadanos se armen. El fortalecimiento de la Policía e instituciones de seguridad y justicia es lo más indicado, de la mano, claro está, de una progresiva educación para la convivencia y la legalidad