“Es una medida voluntaria, es una recomendación”: MinTrabajo responde a críticas por teletrabajo para ahorrar energía
El Ministerio del Trabajo defendió la recomendación de implementar modalidades no presenciales durante el mantenimiento de la planta regasificadora de Cartagena y aclaró que la medida busca reducir la demanda de energía sin imponer obligaciones a empleadores.
El Ministerio del Trabajo respondió a las críticas que surgieron tras la expedición de la Circular No. 0081 de 2026, mediante la cual recomendó a entidades públicas y empresas privadas implementar modalidades de trabajo no presencial entre el 30 de julio y el 3 de agosto de 2026.
La medida fue emitida para contribuir a la reducción de la demanda nacional de energía durante el mantenimiento programado de la planta regasificadora de Cartagena (SPEC), infraestructura que suministra cerca del 40 % del gas natural del país y que respalda parte de la generación termoeléctrica nacional, especialmente en la región Caribe.
En entrevista con Caracol Radio, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la circular fue expedida a solicitud del Ministerio de Minas y Energía como una medida preventiva mientras se realizan las labores técnicas en la planta. Según indicó, el mantenimiento es un procedimiento programado que debe realizarse periódicamente para garantizar el funcionamiento de la infraestructura y reducir riesgos para el abastecimiento de gas y la generación de energía.
Frente a las críticas de gremios como Fenalco y de representantes del sector de generación eléctrica, quienes cuestionaron que el teletrabajo represente un ahorro real de energía, el ministro defendió la recomendación y aseguró que existen estudios sobre el tema, además de que se trata de una práctica que hace parte de las transformaciones del mundo laboral impulsadas en los últimos años.
“Es una medida voluntaria. No es obligatoria; es una circular que sugiere fórmulas que están al orden del día en el mundo del trabajo”.
Sanguino señaló que la recomendación aplica principalmente durante los días en que estará fuera de operación la planta regasificadora de Cartagena por mantenimiento técnico. Explicó que la infraestructura abastece una parte importante del sistema de generación termoeléctrica y que la reducción de la demanda energética puede contribuir a disminuir la presión sobre la red eléctrica durante ese periodo.
El ministro también sostuvo que la recomendación se enmarca dentro de la evolución de las modalidades laborales y recordó que la reforma laboral, contenida en la Ley 2466, incorporó cinco modalidades de teletrabajo, entre ellas el teletrabajo internacional, figura que anteriormente no hacía parte de la legislación colombiana. Agregó que la expansión del trabajo híbrido y remoto responde a cambios que se aceleraron durante la pandemia y que hoy hacen parte de las dinámicas laborales en Colombia y otros países.
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¿Qué recomienda la Circular 0081 de 2026?
La Circular No. 0081 de 2026 está dirigida a empleadores de los sectores público y privado, trabajadores, Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, con el fin de orientar la implementación de las recomendaciones contempladas durante el periodo de mantenimiento de la planta regasificadora de Cartagena.
El documento exhorta a los empleadores a habilitar el trabajo en casa y otras modalidades no presenciales para aquellos trabajadores cuyas funciones puedan desarrollarse fuera de las instalaciones, siempre que la medida sea jurídica y operativamente viable.
Además, el Ministerio precisó que la recomendación tiene fundamento en la Ley 2088 de 2021, que regula el trabajo en casa como una habilitación temporal para desarrollar las labores desde un lugar diferente al habitual cuando existan circunstancias excepcionales que dificulten el trabajo presencial. Asimismo, recordó que la circular tiene carácter exhortatorio, por lo que no impone obligaciones ni sanciones para quienes decidan no adoptarla.
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La región Caribe tendrá prioridad
El Ministerio del Trabajo hizo un llamado especial a las empresas que operan o tienen trabajadores en los departamentos de La Guajira, Cesar, Magdalena, Atlántico y Bolívar para que prioricen, cuando sea posible, la implementación de modalidades de trabajo no presencial durante el periodo de mantenimiento de la planta regasificadora de Cartagena.
La cartera explicó que estos departamentos integran el área Caribe 2, cuya generación termoeléctrica depende en parte del suministro de gas proveniente de la planta regasificadora de Cartagena. Por ello, durante los trabajos de mantenimiento existe una mayor sensibilidad frente a eventuales afectaciones en el suministro de energía.
La indisponibilidad temporal de esta infraestructura también representa un riesgo para el abastecimiento nacional de gas natural, razón por la cual el Gobierno busca reducir el consumo energético mientras finalizan las labores técnicas.
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Derechos laborales deberán mantenerse
El Ministerio aclaró que la implementación del trabajo en casa no podrá afectar la continuidad de los servicios esenciales ni la atención presencial que resulte indispensable para la ciudadanía.
Además, los empleadores deberán garantizar el derecho a la desconexión laboral, las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, el suministro de las herramientas necesarias para el desarrollo de las funciones de manera remota y el respeto de las condiciones laborales previamente establecidas.
Trabajo en casa y teletrabajo no son lo mismo
La cartera recordó que el trabajo en casa y el teletrabajo corresponden a figuras distintas dentro de la legislación laboral colombiana.
El trabajo en casa es una habilitación temporal contemplada en la Ley 2088 de 2021 para afrontar situaciones excepcionales sin modificar las condiciones del contrato laboral. En cambio, el teletrabajo constituye una modalidad permanente de organización del trabajo, basada en el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), regulada por la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 1227 de 2022, y requiere acuerdos previos entre empleador y trabajador.
Durante la entrevista, Sanguino insistió en que la recomendación responde a una situación puntual relacionada con el mantenimiento de la infraestructura energética y no a un cambio permanente en las condiciones laborales.
“El mantenimiento de la gasificadora hay que hacerlo anualmente o cada cierto tiempo. Entonces, es un asunto eminentemente técnico. Como toda máquina, pues hay que mantenerla”.
El ministro añadió que la recomendación busca ofrecer una alternativa para disminuir el consumo energético durante esos días y reiteró que la decisión final corresponde a cada empleador, de acuerdo con las características de su operación.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿El trabajo en casa recomendado por el Ministerio del Trabajo es obligatorio?
- No. La Circular No. 0081 de 2026 tiene carácter exhortatorio, por lo que recomienda a los empleadores implementar modalidades de trabajo no presencial, pero la decisión de aplicarlas es voluntaria.
- ¿Durante qué fechas estará vigente la recomendación de trabajo en casa?
- La recomendación aplica entre el 30 de julio y el 3 de agosto de 2026, o hasta que las autoridades informen la finalización de los trabajos de mantenimiento en la planta regasificadora de Cartagena.
- ¿Por qué el Gobierno recomendó el trabajo en casa durante esos días?
- La medida busca reducir la demanda nacional de energía mientras se realiza el mantenimiento programado de la planta regasificadora de Cartagena, una infraestructura que suministra cerca del 40 % del gas natural del país y respalda parte de la generación termoeléctrica.
- ¿La recomendación aplica para todas las empresas y todos los trabajadores?
- No. El Ministerio indicó que la medida debe aplicarse únicamente cuando las funciones del cargo puedan desarrollarse de manera remota y exista viabilidad jurídica y operativa para hacerlo.