El Consejo de Estado condenó a la Nación por el ‘falso positivo’ de un campesino, identificado como Jhon Fredy Arias Mejía, de 18 años de edad, en la vereda Vega Seca, del municipio de San Francisco, Antioquia, el 8 de diciembre de 2005.
En este caso, la versión oficial del Ejército Nacional fue que habían sido dados de baja en un combate con integrantes de las Autodefensas, hecho que se demostró como falso.
Las víctimas, representadas por la firma Javier Villegas Abogados, presentaron una demanda de reparación que inicialmente fue negada por el Tribunal Superior de Antioquia pero que ahora salió a su favor por el Consejo de Estado.
La Sección Tercera señaló que el homicidio injustificado del joven Jhon Fredy Arias Mejía configura una vulneración grave y flagrante de derechos humanos, pues se trataba de un humilde campesino de escasos 18 años quien se encontraba desarmado y fue vilmente asesinado con un disparo en la espalda.
“La muerte infame del citado joven se enmarca dentro del fenómeno conocido como “falso positivo” y que, desde el punto de vista jurídico corresponde a lo que técnicamente se denomina o conoce como ejecución extrajudicial u homicidio en persona protegida, constitutiva de una muy grave violación de derechos humanos”, dice el fallo.
“Desafortunadamente casos como este se volvieron reiterados en nuestro territorio, al punto que son numerosas las condenas penales contra los miembros de la fuerza pública involucrados en ellos, así como también son numerosas las condenas patrimoniales contra el Estado Colombiano (...) circunstancia que pone de presente una falla sistemática y estructural en la comisión de violaciones graves a derechos humanos y/o al derecho internacional humanitario por parte de la fuerza pública del Estado Colombiano”, agregó la Sala.